La patronal eléctrica recurre la norma que estableció el sistema de cobro por horas de la electricidad
- Cree que, en lugar de una resolución, debió hacerse mediante orden ministerial
- Unesa ha recurrido junto a Iberdrola Distribución ante la Audiencia Nacional
- La norma fijaba el 1 de julio como fecha de arranque de la nueva facturación
- Hubo un período de 3 meses de adaptación, que acabó el pasado 1 de cotubre
La patronal del sector eléctrico -la Asociación Española de la Industria Eléctrica, Unesa- ha recurrido la resolución del pasado 2 de junio que marcó el inicio el nuevo sistema de facturación de electricidad por horas y donde se fijan los procedimientos de operación para el tratamiento de los datos procedentes de los nuevos contadores digitales.
Fuentes del sector han indicado a Europa Press que el recurso denuncia un fallo de forma, ya que las empresas entienden -en línea con un informe previo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia- que una resolución carece de rango normativo suficiente para lanzar una norma de estas características, por lo que debería presentarse como orden ministerial.
La denuncia de Unesa ha sido presentada, junto a otra de Iberdrola Distribución Eléctrica, ante la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, según consta en el BOE de este lunes.
La resolución recurrida por las eléctricas fijaba el 1 de julio como fecha de arranque del nuevos sistema, al tiempo que concedía un período de adaptación hasta el 1 de octubre para implantar el nuevo mecanismo. Los ficheros de intercambio de información entre las empresas y otros aspectos técnicos deberán aplicarse antes del 1 de enero del año que viene.
Conforme a la nueva norma, la factura eléctrica se calcula en función del consumo que se realice cada hora y del precio que marque en ese momento el mercado mayorista de electricidad. El precio para cada día está disponible un día antes, a partir de las 20.15 horas, en la web de Red Eléctrica de España (REE).
Aparte de tener instalado un contador inteligente, para disponer de esta modalidad es necesario contar con la tarifa regulada, conocida desde el año pasado como Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) y que está reservada para potencias inferiores a 10 kilovatios.