El caso del asesinato de Asunta queda ahora pendiente de los recursos de la defensa
- Cada uno de los padres de la niña han sido condenados a dieciocho años de cárcel
- Previsiblemente sus defensas van a recurrir la sentencia emitida
- El plazo para recurrir es de diez días tras la emisión de la misma
El fallo judicial dictaminó 18 años de cárcel para cada uno de los padres de Asunta Basterra por la muerte violenta de esta pequeña de solo 12 años, pero las defensas previsiblemente van a recurrir la sentencia emitida dentro del plazo fijado de diez días.
El penalista José Luis Gutiérrez Aranguren, que se ocupa de la representación legal de Rosario Porto, madre de la víctima, se está recuperando de una intervención médica, y la letrada Belén Hospido, defensora de Alfonso Basterra, padre de la menor, no ha hecho declaraciones a la prensa en la vista oral y tampoco en esta fase, pero ambos han insinuado, cuando el jurado emitió su veredicto, que darán este paso.
Asunta Basterra falleció el 21 de septiembre de 2013, después de ser sedada y asfixiada, y un sencillo e improvisado altar, que se va renovando con nuevas flores, mensajes de cariño y peluches, y que está situado en el terreno forestal de Teo (A Coruña), donde dos viandantes hallaron su cuerpo sin vida, recuerda permanentemente a esta pequeña.
Sus padres, que la adoptaron cuando aún no había cumplido un año, han sido condenados por su asesinato, en un fallo que la acusación popular, ejercida por la asociación Clara Campoamor, que vela por los derechos de la infancia, ha calificado de brillante en la pena y exposición de los hechos.
La propia tesis de la instrucción, desde un inicio, fue que los padres de Asunta tenían un plan "concordado" para poner fin a la existencia de la niña. Ambos fueron encarcelados en el penal coruñés de Teixeiro, prácticamente desde el inicio de la investigación, muy pocos días después del trágico fallecimiento.
El cadáver se localizó en una cuneta, situada a unos cinco kilómetros de un chalé propiedad de Rosario Porto, a la 1:15 horas de la madrugada del 22 de septiembre de 2013.
Estaba Asunta descalza, con signos de haber sido atada de pies y manos, con unas cuerdas que también aparecieron allí, y el crimen causó un hondo impacto en la sociedad al conmover por su dureza a toda España.
Alfonso y Rosario, durante su declaración en la vista oral, se esforzaron en transmitir que ellos no habían tenido nada que ver con el desenlace de Asunta, que era lo que más querían, y en decir que no sabían quién le pudo administrar Lorazepam, un ansiolítico que la autopsia reveló como existente, en altas dosis, en el cuerpo inerte de la chiquilla.
La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, condenó el pasado jueves a 18 años de prisión a cada uno de los padres de Asunta por el asesinato de ésta, teniendo en cuenta además la circunstancia agravante de parentesco.
De conformidad con el veredicto del jurado, la sentencia vio probado que ambos padres asfixiaron a su hija porque los dos estaban en la casa de Montouto (Teo) en el intervalo de tiempo en que se produjo el fallecimiento de la menor.
Las pruebas
El magistrado considera que la coartada alegada por el acusado es falsa, entendiendo el jurado que Alfonso Basterra también subió a Montouto porque no solamente no hay contra indicio alguno que demuestre que el acusado estuvo en su piso, sino también porque las imágenes de las cámaras de grabación no permiten ver si iba algún ocupante en el asiento trasero del vehículo en el que Rosario lleva a Asunta a la casa.
La sentencia considera probado que los acusados, de común acuerdo, suministraron repetidamente a su hija, desde al menos tres meses antes del fallecimiento, un medicamento que tenía Lorazepam.
Según el dictamen, el padre de la víctima, Alfonso Basterra, retiró en al menos tres ocasiones un total de 125 comprimidos de este fármaco en la misma farmacia, entre julio y septiembre de 2013.
Los miembros del Tribunal del Jurado consideraron probado, y así se recoge en la sentencia, que los acusados decidieron acabar con la vida de su única hija y para ello le suministraron en la comida una cantidad de medicamento que contenía Lorazepam para posteriormente, cuando hiciera efecto, asfixiarla.
Indica el fallo, de hecho, que en un momento comprendido entre las 18:33 y las 20:00 horas del 21 de septiembre de 2013, en la casa de Teo, los padres asfixiaron a su hija por medio de la compresión que le aplicaron sobre la boca y la nariz y en un momento próximo a la muerte de la menor, la ataron por los brazos y los tobillos por medio de unas cuerdas plásticas de color naranja.
La menor, en esa situación, no pudo defenderse de modo efectivo porque estaba bajo los efectos del medicamento que con ese fin se le había dado, lo que provoca, reza la sentencia, que se entienda que existió alevosía y que, por ende, se tipifiquen estos hechos como un asesinato.
Sobre los episodios de sedación relatados por los profesores de música de la víctima, recuerda el magistrado presidente del jurado, Jorge Cid Carballo, que la única respuesta que han dado los acusados en el juicio es que ni siquiera se acuerdan del incidente, lo cual resulta, para él, ciertamente poco creíble y poco coherente con la versión que se ha tratado de ofrecer de unos "padres responsables y preocupados por el bienestar de su hija".
Las defensas de Rosario Porto y Alfonso Basterra pueden dar el paso de la apelación ante la sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.