La Audiencia de Málaga concede a Isabel Pantoja el tercer grado o régimen de semilibertad
- El tercer grado le permitirá salir de la cárcel en períodos preestablecidos
- Lo tiene que ratificar la Junta de Tratamiento, que se reúne los jueves
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga ha concedido este viernes el tercer grado o régimen de semilibertad a la tonadillera Isabel Pantoja, condenada a dos años de cárcel por blanqueo de capitales.
La concesión del tercer grado permitirá a Pantoja abandonar en periodos preestablecidos la prisión de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), donde permanece desde el 21 de noviembre de 2014, según han informado a Efe fuentes judiciales.
Fuentes penitenciarias han explicado a Efe que para disfrutar del régimen de semilibertad aún se tiene que pronunciar la Junta de Tratamiento, que se reúne, en esta prisión, cada jueves.
Corresponde a Instituciones Penitenciarias autorizar si la artista puede tener libres los fines de semana y sólo acudir a prisión a dormir de lunes a jueves o, alternativamente, la Junta de Tratamiento puede incluso aprobar, por actividad profesional, la modalidad de control telemático o la libertad vigilada.
Ya ha cumplido más de la mitad de la condena
En el auto judicial, al que ha tenido acceso Efe, se explica que Pantoja, "que es delincuente primaria", ha cumplido más de la mitad de la condena y "cuenta con apoyo familiar y posee ingresos económicos procedentes de su actividades profesionales y artísticas".
El Tribunal también señala que concurren las circunstancias de buen comportamiento, desde su ingreso en prisión, y una buena evolución personal, "habiendo hecho un correcto uso de los permisos penitenciarios".
La Sala hace valer un informe emitido por la Junta de Tratamiento, que votó a favor de la concesión del tercer grado, en el que se señalaba que la penada había asumido la responsabilidad por el delito cometido.
Para el Tribunal tal reconocimiento y asunción de responsabilidad representa un factor absolutamente esencial para favorecer un régimen en semilibertad ya que "solo cuando personalmente la penada asume su responsabilidad, el peligro de recaída en otros episodios delictivos se aleja de forma rotunda".
Reforma penal
Los jueces también han tenido presente la última reforma penal donde se prevé un supuesto de libertad condicional excepcional para delincuentes primarios que cumplan condenas de prisión no superiores a tres años, que hayan extinguido la mitad de la condena y cumplan el resto de requisitos básicos.
Por todo este conjunto de circunstancias, los magistrados le conceden el tercer grado y, en consecuencia, se estima el recurso interpuesto por el abogado de Pantoja, "sin perjuicio de los programas de seguimiento y evaluación de actividades que puedan establecerse".
El letrado de la tonadillera presentó un recurso de apelación una vez que el juzgado de vigilancia penitenciaria le denegara en septiembre, por segunda vez, el tercer grado.
La Audiencia de Málaga ya se había pronunciado en "repetidas ocasiones" sobre el alcance y repercusión social que tuvo el delito de blanqueo cometido por Isabel Pantoja.
En esta nueva resolución se destaca que la clasificación prematura del tercer grado hubiese afectado "a los fines de la pena y conseguir pervertirlos", y recuerda que "cobra especial relevancia por la naturaleza del delito, a pesar de la corta duración de la pena impuesta".
Pantoja también fue penada a una multa de 1.147.148 euros, de los que ha pagado 747.148 euros, por el delito de blanqueo al que fue condenada por la Audiencia de Málaga, que aseguraba que permitió el blanqueo de los ilícitos beneficios obtenidos por su expareja, el exalcalde de Marbella Julián Muñoz, también encarcelado.
Por este procedimiento también se encuentran en prisión la exmujer de Julián Muñoz, Maite Zaldívar, que fue condenada a dos años y medio por blanqueo de capitales, y el hermano de ésta Jesús Zaldívar, condenado a la misma pena por el mismo delito.