La Comisión Europea ordena a Bélgica cobrar 700 millones de impuestos eludidos por 35 multinacionales
- Considera que el régimen fiscal de "beneficios extraordinarios" es "ilegal"
- El país les concedió ventajas fiscales selectivas que redujeron sus tributos
La Comisión Europea ha ordenado a Bélgica recuperar unos 700 millones de euros en impuestos no cobrados a 35 multinacionales al haber concluido que las ventajas fiscales selectivas concedidas por ese país son "ilegales con arreglo a las normas de la Unión Europea sobre ayudas estatales".
Según ha informado Bruselas, el régimen fiscal belga -bautizado como de "beneficios extraordinarios"- benefició desde 2005 a un mínimo de 35 multinacionales, principalmente de la UE, "que ahora deben pagar a Bélgica los impuestos no percibidos".
El pasado mes de octubre, el Ejecutivo comunitario dictó una orden similar para que Holanda y Luxemburgo recuperasen los tributos no cobrados a Starbucks y Fiat, respectivamente, al haberles aplicado acuerdos fiscales favorables que Bruselas también declaró ilegales. En esos casos, la cantidad que debían pagar las empresas oscilaba entre 20 y 30 millones por cabeza.
Reducciones de entre el 50% y el 90%
Ese sistema fiscal "permitió a determinados grupos empresariales multinacionales pagar sustancialmente menos impuestos en Bélgica por la aplicación de resoluciones fiscales", resume el Ejecutivo comunitario, que calcula que se redujo la base del impuesto de sociedades de las empresas entre un 50% y un 90%, "para descontar los denominados 'beneficios extraordinarios' que, presuntamente, resultan de formar parte de un grupo multinacional".
Según la Comisión, las autoridades tributarias de Bélgica ofrecieron ese régimen bajo el logo Only in Belgium ("Sólo en Bélgica") y "únicamente beneficiaba a determinados grupos multinacionales", a los que se concedió un acuerdo fiscal, mientras que las empresas independientes, que no forman parte de un grupo, y que sólo estaban presentes en Bélgica "no podían acogerse a beneficios similares".
Las resoluciones fiscales aplicadas a las multinacionales "solían tener una validez de cuatro años que podía renovarse", señala Bruselas.
En esas resoluciones fiscales se comparan los beneficios reales de una multinacional con los beneficios medios hipotéticos que habría tenido una empresa independiente en una situación comparable. Esa diferencia que quedaba libre de impuestos es lo que se denomina "beneficio extraordinario".
Las autoridades fiscales belgas consideran que ese extra se logra "por el hecho de formar parte de un grupo multinacional" -debido a sinergias, economías de escala, reputación, redes de clientes y proveedores y acceso a nuevos mercados- y "la base impositiva de la multinacional se reduce proporcionalmente", explica la nota del Ejecutivo comunitario.
Ese régimen "pone en desventaja a los pequeños competidores"
La investigación que inició la Comisión Europea en febrero del año pasado ha puesto de manifiesto que "el régimen constituía una excepción de la práctica habitual" en el impuesto de sociedades belga y del denominado principio de plena competencia, por lo que -según las normas de la UE sobre ayudas estatales- es ilegal.
La comisaria europea responsable de Competencia, Margrethe Vestager, ha destacado que ese régimen fiscal "falsea la competencia basada en el mérito al poner en desventaja a los pequeños competidores que no son multinacionales".
"Hay muchas formas legales de que los países de la UE subvencionen la inversión y muchas buenas razones para invertir en la UE. Ahora bien, si un país concede a algunas multinacionales beneficios fiscales ilegales que les permiten eludir el pago de impuestos sobre la mayor parte de sus beneficios reales, esto perjudica seriamente la competencia leal en la UE y, en última instancia, a sus ciudadanos", ha añadido Vestager.
Según la nota comunitaria, "las ventajas fiscales selectivas del régimen tampoco podían justificarse por el argumento aducido por Bélgica de que las reducciones eran necesarias para evitar la doble imposición", ya que -continúa Bruselas- las autoridades belgas realizaron "los ajustes de manera unilateral, es decir, no correspondían a una imposición de los mismos beneficios en otro país".
Además, según la investigación, "el régimen no requiere que las empresas aporten pruebas de la doble imposición o ni siquiera de que estén expuestos a ella. La realidad es que se produce una doble no imposición".