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La Audiencia no admite como fianza las pólizas de seguro de dos exdirectivos de Abengoa

  • Benjumea tendrá que depositar 11,5 millones y Sánchez Ortega 4,5 en 24 horas
  • Son las indemnizaciones recibidas al salir de la compañía, impuestos incluidos

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El expresidente de Abengoa Felipe Benjumea y el exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega durante el estreno de la compañía en el Nasdaq
El expresidente de Abengoa Felipe Benjumea y el exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega durante el estreno de la compañía en el Nasdaq.

La Audiencia Nacional ha decidido no admitir las pólizas de seguro presentadas por el expresidente de Abengoa Felipe Benjumea y el exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega para avalar sus fianzas, por lo que tendrán que depositar 11,5 millones y 4,5 millones de euros respectivamente en veinticuatro horas.

De acuerdo con el auto al que ha tenido acceso Efe, Benjumea presentó avales de AIG Europe Limited y XL Insurance Company SE por importe de 5,75 millones cada uno y una póliza de seguro de responsabilidad de administradores y directivos. Sánchez Ortega presentó avales de las mismas compañías por importe de 2,25 millones cada uno y una póliza de seguro de responsabilidad de administradores y directivos.

De este modo, la Audiencia se muestra de acuerdo con la Fiscalía, que pedía el rechazo de estas pólizas para avalar la fianza, por lo que Benjumea y Sánchez Ortega tendrán que consignar la totalidad de las indemnizaciones recibidas al salir de la compañía, incluidos los impuestos. La Audiencia Nacional había admitido a trámite en diciembre de 2015 la querella presentada por dos bonistas contra los exdirectivos de Abengoa, a quienes les impuso una fianza civil de 11,5 millones y 4,5 millones respectivamente.

La juez considera que pudieron incurrir en un delito de administración desleal y, en el caso de Sánchez Ortega, otro de información privilegiada tras su fichaje por el fondo Blackrock.

A finales de diciembre, ambos directivos presentaron dos pólizas de seguro cada uno para avalar sus correspondientes fianzas, aunque plantearon la duda de si debería minorar las cantidades con los correspondientes impuestos, algo que fue rechazado por la Audiencia. Ante estos depósitos, la Fiscalía presentó un informe en el que pedía el rechazo de las fianzas prestadas por las compañías de seguro, al considerar que la administración desleal es un delito de dolo, lo que podría impedir beneficiarse del seguro.

Además, la Audiencia coincide en que el contrato suscrito entre las aseguradoras y Abengoa podría afrontar las eventuales indemnizaciones a terceros, pero no los perjuicios a la propia empresa, tanto por los pagos efectuados "indebidamente" a los exdirectivos como porque el proceso podría obligarse a asumir una responsabilidad civil ante terceros.

Contra este auto, fechado el lunes 11, puede interponerse recurso de reforma en el plazo de tres días y de apelación en cinco.