El TSJC no aprecia delito en la resolución soberanista del 9N al no haber un "alzamiento violento"
- No admite las querellas por rebelión y sedición de UPyD y Manos Limpias
- El tribunal insiste en que el delito de rebelión "exige el empleo de fuerza"
- El Tribunal Constitucional anuló la resolución por unanimidad
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) no aprecia delito en la declaración soberanista aprobada por el Parlament el pasado 9 de noviembre, al entender que no constituye un "alzamiento violento" sino una resolución que se ciñe el ámbito parlamentario y que ya fue anulada por el Tribunal Constitucional (TC).
En sendos autos, el alto tribunal catalán resuelve, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, no admitir a trámite las querellas por rebelión y sedición que presentaron UPyD y Manos Limpias contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa que apoyaron la declaración de desconexión con España del pasado 9 de noviembre.
La Sala Civil y Penal del TSJC responde a los dos querellantes que los hechos no son constitutivos "de este delito ni de cualquier otro ilícito penal".
El TSJC sostiene que es evidente la ilegalidad e inconstitucionalidad de la resolución --como ya se pronunció el Tribunal Constitucional (TC)-- pero añade que la declaración no ha trascendido del ámbito parlamentario e insiste en que no se puede equiparar un acto en sede parlamentaria con alzamientos violentos, desórdenes u hostilidades.
El delito de rebelión "exige el empleo de la fuerza"
El TSJC considera que, en el ámbito penal, no se puede "equiparar los alzamientos violentos, desordenados u hostiles con los actos ilegales e inconstitucionales realizados en sede parlamentaria y que no han trascendido ese ámbito".
En ese sentido, insiste en que el delito de rebelión "exige el empleo de la fuerza" y que no consta que con la declaración del 9N se haya visto alterado el orden público que requiere el delito de sedición.
Añade el tribunal, en su respuesta a UPyD, que la resolución ni siquiera va dirigida a la ciudadanía sino al Parlament, que no incluye expresiones que llamen al tumulto ni al desorden y que "la rebelión exige el empleo de la fuerza".
"Mecanismos suficientes" antes de llegar a la vía penal
En este sentido, lanza un mensaje a Manos Limpias y UPyD: "El Estado de Derecho tiene mecanismos suficientes para frenar, sin necesidad de acudir de primera mano a la vía penal, los planteamientos políticos que no se ajusten a los procedimientos y cauces legales y constitucionales".
En su contestación a Manos Limpias se pronuncia en parecidos términos y considera que en su querella no se narra ningún auto realizado por los querellados en el que pretendan conseguir la independencia "mediante alzamiento público, violento o tumultario, o con una actitud activa por la fuerza y estando dispuesto a su utilización de forma pública".
Las querellas se dirigían contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas; la presidenta del Parlament, Carme Forcadell; los diputados Jordi Turull, Marta Rovira (JxSí), Anna Gabriel (CUP) y el ya exdiputado de la CUP Antonio Baños.
La Fiscalía Superior de Catalunya ya se había pronunciado a favor de inadmitir las dos querellas porque la resolución no ha trascendido "del estricto ámbito parlamentario" y no se han reproducido manifestaciones potencialmente delictivas después de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declaró nula la resolución.