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El TSJC no aprecia delito en la resolución soberanista del 9N al no haber un "alzamiento violento"

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El expresidente de la Generalitat, Artur Mas, aplaude junto a miembros de su Gobierno tras la aprobación de la declaración rupturista del 9N
El expresidente de la Generalitat, Artur Mas, aplaude junto a miembros de su Gobierno tras la aprobación de la declaración rupturista del 9N.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) no aprecia delito en la declaración soberanista aprobada por el Parlament el pasado 9 de noviembre, al entender que no constituye un "alzamiento violento" sino una resolución que se ciñe el ámbito parlamentario y que ya fue anulada por el Tribunal Constitucional (TC).

En sendos autos, el alto tribunal catalán resuelve, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, no admitir a trámite las querellas por rebelión y sedición que presentaron UPyD y Manos Limpias contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa que apoyaron la declaración de desconexión con España del pasado 9 de noviembre.

La Sala Civil y Penal del TSJC responde a los dos querellantes que los hechos no son constitutivos "de este delito ni de cualquier otro ilícito penal".

El TSJC sostiene que es evidente la ilegalidad e inconstitucionalidad de la resolución --como ya se pronunció el Tribunal Constitucional (TC)-- pero añade que la declaración no ha trascendido del ámbito parlamentario e insiste en que no se puede equiparar un acto en sede parlamentaria con alzamientos violentos, desórdenes u hostilidades.

El delito de rebelión "exige el empleo de la fuerza"

El TSJC considera que, en el ámbito penal, no se puede "equiparar los alzamientos violentos, desordenados u hostiles con los actos ilegales e inconstitucionales realizados en sede parlamentaria y que no han trascendido ese ámbito".

En ese sentido, insiste en que el delito de rebelión "exige el empleo de la fuerza" y que no consta que con la declaración del 9N se haya visto alterado el orden público que requiere el delito de sedición.

Añade el tribunal, en su respuesta a UPyD, que la resolución ni siquiera va dirigida a la ciudadanía sino al Parlament, que no incluye expresiones que llamen al tumulto ni al desorden y que "la rebelión exige el empleo de la fuerza".

"Mecanismos suficientes" antes de llegar a la vía penal

En este sentido, lanza un mensaje a Manos Limpias y UPyD: "El Estado de Derecho tiene mecanismos suficientes para frenar, sin necesidad de acudir de primera mano a la vía penal, los planteamientos políticos que no se ajusten a los procedimientos y cauces legales y constitucionales".

En su contestación a Manos Limpias se pronuncia en parecidos términos y considera que en su querella no se narra ningún auto realizado por los querellados en el que pretendan conseguir la independencia "mediante alzamiento público, violento o tumultario, o con una actitud activa por la fuerza y estando dispuesto a su utilización de forma pública".

Las querellas se dirigían contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas; la presidenta del Parlament, Carme Forcadell; los diputados Jordi Turull, Marta Rovira (JxSí), Anna Gabriel (CUP) y el ya exdiputado de la CUP Antonio Baños.

La Fiscalía Superior de Catalunya ya se había pronunciado a favor de inadmitir las dos querellas porque la resolución no ha trascendido "del estricto ámbito parlamentario" y no se han reproducido manifestaciones potencialmente delictivas después de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declaró nula la resolución.