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El juez Pedraz da curso a la orden de la Audiencia Nacional de juzgar a Zapata por su tuit sobre Irene Villa

  • La Audiencia entiende que humilló a las víctimas del terrorismo
  • El juez da diez días a las acusaciones para que pidan la apertura del juicio
  • Lee el auto del juez Pedraz (.pdf)

Por
El ex edil de Cultura del Ayuntamiento de Madrid Guillermo Zapata
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha propuesto juzgar al concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por sus tuits sobre Irene Villa.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha propuesto continuar el procedimiento y juzgar al concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por el tuit que publicó sobre Irene Villa en 2011.

La Sala de lo Penal le obligó el pasado mes de diciembre a levantar el archivo del procedimiento al considerar que el comentario que hizo en la red bordea el descrédito, menosprecio o humillación a las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares.

En cumplimiento de lo acordado por la sección segunda de lo Penal, Pedraz ha dictado el auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado (análogo al procesamiento en un sumario), dando traslado a las partes para que en un plazo de 10 días soliciten la apertura de juicio y presenten sus escritos de acusación o defensa.

En su auto, de un solo folio, el juez cierra la investigación tras dar por practicadas todas las diligencias ordenadas por la Sala, tendentes a constatar que el mensaje sobre Irene Villa y otros en los que mencionaba a ETA se publicaron en la cuenta de Twitter de Zapata entre el 31 de enero de 2011 y el 13 de junio 2015.

Zapata escribió entonces un tuit desde su cuenta @casiopeaexpress en el que decía 'Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcàsser para que no vaya Irene Villa a por repuestos'. El mismo día reprodujo un chiste sobre el Holocausto: "¿Cómo meterías a cinco millones de judíos en un 600? En el cenicero".

Actúa "según lo ordenado"

Especifica hasta en cuatro ocasiones que actúa de este modo "según lo ordenado" por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

La Sala le obligó a reabrirlo de nuevo en diciembre, al entender que el mensaje sobre Irene Villa, si bien se refiere a una víctima en concreto que aseguró públicamente no sentirse ofendida por su comentario,  entraña "descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares" en su conjunto.

En esa resolución que menciona, los jueces Concepción Espejel y Enrique López, apartados del juicio del caso Gürtel por su proximidad al PP, entendían que Pedraz excedió sus funciones como instructor al dictar un sobreseimiento libre o definitivo de la causa (equivalente a una sentencia absolutoria) tras valorar la intención con la que actuó Zapata, que, en su opinión, debería ser analizada por el tribunal tras la práctica de la prueba en el juicio oral.

Tras recordar que las únicas causas para dictar el sobreseimiento libre son la "inexistencia del hecho punible" de forma "indiscutible, inequívoca e indudable" o la inexistencia de delito, la Sala señalaba que los "juicios de inferencia" realizados por Pedraz exigen "la celebración de verdaderos actos de prueba bajo el imperio de los principios que rigen el juicio oral", pues lo contrario podría suponer "una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva".

Ahora Pedraz indica que ya ha llevado a cabo las diligencias solicitadas por Dignidad y Justicia, personada como acusación popular. La asociación de víctimas le pidió que remitiera sendos oficios a la Policía Nacional y a la Guardia Civil para que determinen si Zapata, tal y como él mismo reconoció, fue el autor de los comentarios en Twitter.

La decisión de la Audiencia

La decisión de la Sección Segunda contó con el voto discrepante de uno de los tres jueces que debían valorar el archivo. El magistrado José Ricardo de Prada, muy crítico con sus compañeros, manifestó su "profunda discrepancia" con Espejel y López, al considerar que la apertura de causas penales por comentarios que pueden enmarcarse en el "humor negro" suponen "un factor de censura y traba evidente" al derecho a la libertad de expresión.

En este sentido, señalaba que el tribunal se debe a "toda la sociedad" y que sus integrantes "no pueden hacer prevalecer sus criterios personales o sesgos políticos o ideológicos (...), so pena de convertirse en una justicia sectaria que se impone a un sector de la ciudadanía que tiene simplemente otros valores sociales y formas de expresarlos que se salen de la ortodoxia".

Pedraz, que archivó el procedimiento tras interrogar como imputado a Zapata, consideró que sus chistes deben enamarcarse "en un ejercicio del derecho de expresión" y en un "debate" sobre los límites del mismo.

"No hay dato alguno que permita concluir otra cosa ni se está en condiciones de obtenerlo. Ni aun los otros tuits publicados pueden avalar esa intención de lesionar la dignidad de las víctimas pues sencillamente no se habla ni directa ni indirectamente de víctimas del terrorismo", aseguró el juez.