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La Fiscalía renuncia a recurrir la absolución de Ramoncín

  • Una sentencia de la Audiencia Nacional absolvió al cantante
  • En una causa por presunta apropiación indebida y falsedad documental
  • "¡Jodeos, miserables!", ha escrito el cantante en su cuenta de Facebook

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RAMONCÿN SE SIENTA HOY EN EL BANQUILLO POR SUSTRAER 57.000 EUROS A LA SGAE
Ramoncín, en el banquillo de los acusados durante el juicio que ha comenzado en la Audiencia Nacional.

La Fiscalía ha informado al Tribunal Supremo de que desiste de recurrir la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al cantante José Ramón Márquez, conocido como Ramoncín, y a otros tres excargos de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) que estaban acusados de sustraer 57.402 euros a la entidad entre septiembre de 2008 y marzo de 2011.

El Ministerio Público anunció el pasado enero la interposición de un recurso por infracción de ley contra la decisión de la Audiencia Nacional de exonerar a 'Ramoncín' y los exmiembros de la entidad cultural en la causa abierta por posibles delitos de apropiación indebida, falsedad en documento mercantil y administración desleal.

En un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo informa de que la Fiscalía ha presentado finalmente otro escrito manifestando que "se aparta del recurso" y, en consecuencia, acuerda tenerle por "desistido".

"Estoy absuelto y libre, sin 'peros' y sin 'porqués"

"¡Jodeos, miserables!", ha asegurado el cantante, en su cuenta de Facebook, tras conocer la decisión de la Fiscalía Anticorrupción de no recurrir su absolución, por falta de pruebas, de haber urdido una trama de emisión de facturas falsas.

"Casi una década después de que cayesen sobre mí todos esos sujetos de alma podrida o carentes de ella, dispuestos a devorar la carroña que ellos mismos habían provocado, sus vidas no pueden ser sino ruines espantajos corroídos por la rabia que les convierte la sangre en veneno", dice Ramoncín.

Proyectos "reales"

La Audiencia Nacional consideraba que la salida de fondos de la entidad a favor del músico obedeció a proyectos que eran "reales" y no "hipotéticos". La SGAE no se personó en este procedimiento como acusación particular al considerar que "no existió ninguna ilegalidad en la contratación de servicios por los que se remuneró" a 'Ramoncín' cuando era socio de la entidad.

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal absolvió al músico y al ex director general de la Sociedad Digital de Autores (SDAE) José Luis Rodríguez Neri de los delitos de falsedad documental y apropiación indebida, por los que la Fiscalía pedía sendas penas de cuatro años y diez meses de cárcel.

El tribunal también terminó exculpando al exdirector de los Servicios Jurídicos de la SGAE Pablo Hernández Arroyo, para quien la Anticorrupción pedía dos años y nueve meses de prisión por apropiación indebida; y al ex director general de SGAE y exconsejero de la filial digital Enrique Loras, que se enfrentaba a dos años de cárcel por este mismo delito.

El tribunal consideró que la prueba "no es suficientemente concluyente ya que deja un margen de duda suficiente y razonable sobre la verdadera intención y participación en los hechos de los acusados" y que no se pueden descartar "otras posibles versiones" a la sostenida por el fiscal José Miguel Alonso, quien habló de negocios "hipotéticos" para sacar dinero de la entidad de la manera "más fácil y rápida posible".