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El juez absuelve del crimen de Isabel Carrasco a la agente Raquel Gago pero la condena por encubridora

  • Le impone una pena de cinco años por encubridora y tenencia ilícita de armas
  • El tribunal asume fallos en las preguntas que debía responder el jurado
  • La asesina confesa, Montserrat González, cumplirá 22 años, y su hija Triana, 20
  • Las tres acusadas, que deberán pagar las costas del juicio, recurrirán la sentencia

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El juez absuelve del asesinato de Carrasco a Raquel Gago pero la condena por encubridora

La Audiencia Provincial de León ha condenado este jueves a Montserrat González y a su hija Triana a 22 y 20 años de prisión, respectivamente, por el asesinato de la presidenta de la Diputación provincial, Isabel Carrasco, mientras que Raquel Gago ha sido absuelta de este delito y condenada a cinco años por encubrimiento y tenencia ilícita de armas.

Según la sentencia hecha pública este jueves, a Montserrat González, asesina confesa de Isabel Carrasco, se le impone la pena de 19 años de prisión como autora de un delito de asesinato más otros tres años por delito agravado de tenencia ilícita de armas.

El tribunal ha condenado a Montserrat González al considerarla autora material del crimen, con el agravante de disfraz y el atenuante de reparación parcial del daño, ya que ha hecho frente parcialmente a las indemnizaciones que la exigen la fiscalía y las acusaciones particulares.

La sentencia establece que Montserrat no podrá acercarse a la hija de Isabel Carrasco, Loreto Rodríguez Carrasco, ni a la pareja sentimental de la presidenta de la Diputación asesinada, Jesús López Brea, ni comunicarse con ellos por ningún medio durante un periodo de 25 años.

Para Triana, se imponen penas de 17 años y seis meses como coperadora necesaria en el delito de asesinato, así como otros dos años y medio por delito agravado de tenencia ilícita de armas, lo que suma un total de 20 años de cárcel. Igual que su madre, no podrá acercarse ni comunicarse con la hija y la pareja de la víctima durante 25 años.

El juez absuelve del asesinato de Carrasco a Raquel Gago pero la condena por encubridora

Encubridora pero no cooperadora

En cuanto a la agente de Policía Raquel Gago, el tribunal ha pronunciado su absolución del delito de asesinato, porque no la considera cooperadora del crimen, y sólo estima un delito de encubrimiento, por lo que impone una pena de tres años de prisión, de la que hay que descontar los ocho meses que pasó en prisión preventiva, y a la que se suman otros dos años como autora de un delito agravado de tenencia ilícita de armas.

Por el momento, Gago no tendrá que ingresar en prisión, ya que el presidente del tribunal que la ha absuelto de asesinato, Carlos Álvarez, decidió el pasado 27 de febrero, junto con los otros dos magistrados de la sección tercera de la Audiencia de León, que la policía local podía seguir en libertad provisional hasta que se resuelvan los recursos que anunció su defensa.

La sentencia del juez contrasta con el veredicto del jurado popular, que determinaba que la agente era también culpable de asesinato, al igual que Montserrat González y su hija Triana Martínez. El jurado popular consideró probado que las tres acusadas urdieron un plan para asesinar a la dirigente del PP, del que las tres eran conocedoras y del que todas aceptaron formar parte.

Además, el tribunal impone a las tres condenadas el pago de las costas a partes iguales, incluidas las de las acusaciones particulares, excepto la acusación popular que ejerció en nombre del PP el abogado Ricardo Gavilanes.

Absuelta de asesinato por fallos en las preguntas del jurado

El tribunal ha absuelto a Raquel Gago del delito de asesinato debido a que considera que el objeto del veredicto del jurado no estaba bien planteado, un error del que se responsabiliza el presidente-magistrado, Carlos Álvarez.

Básicamente, el tribunal entiende que algunas de las más de ochenta preguntas que se le entregaron al jurado para que contestase y cuyas respuestas tenían que ser la base de veredicto no estaban bien formuladas, de modo que ese incorrecto planteamiento dio pie a que el jurado incidiera en la calificación jurídico-penal de los hechos que declara probados, algo para lo que carece de toda competencia.

El veredicto del jurado popular estableció que la policía local fue cooperadora del crimen. La sentencia puntualiza que los jurados se pronuncian sobre los hechos enjuiciados, limitándose a declarar si el acusado ha participado o no en la comisión del delito.

El presidente del tribunal insiste en que es "evidente" que las preguntas que se le plantearon al jurado fueron "incorrectas técnicamente", ya que no se debió mencionar el título de imputación jurídica (la calificación jurídica del delito) y tenía que haberse limitado a determinar la culpabilidad o no de las acusadas,entendida exclusivamente en el sentido de la responsabilidad penal que pudiera derivarse de los hechos declarados probados.

De todos modos, agrega que este error no era suficiente para devolver el veredicto al jurado ni tampoco impide que Gago sea condenada por delitos diferentes a los declarados indebidamente, como ha sido el caso del delito de encubrimiento.

Recurrirán la sentencia

Las defensas de las tres condenadas han anunciado que recurrirán la sentencia que les condena, según ha asegurado el procurador que asiste a la defensa de Montserrat González y Triana Martínez, mientras que el letrado que representa a Raquel Gago ya anunció en la última sesión del juicio que recurriría la sentencia aunque su patrocinada fuese condenada "a un solo día de prisión".

También la Fiscalía y las acusaciones han anunciado que recurrirán "en bloque" la sentencia. Así lo ha asegurado la abogada de la hija de la víctima, Beatriz Llamas, que ha dicho estar "sorprendida con la sentencia" porque "no es acorde al veredicto del jurado". "Evidentemente la respeto, pero no la comparto", ha explicado en declaraciones a los medios de comunicación en las inmediaciones de la Audiencia Provincial de León.

Llamas ha precisado que tanto ella, que representa a la hija de Isabel Carrasco, como las acusaciones que representan a la pareja del víctima y al PP de León, y el Ministerio Fiscal recurrirán la sentencia en el plazo de diez días que marca la ley. "Como hicimos ya con la libertad de Raquel vamos a ir todos en bloque", ha agregado.

En cuanto al fallo en el objeto del veredicto que según señala el magistrado presidente en la propia sentencia existió y fue culpa suya, Llamas ha asegurado que debía de haberse "detectado antes de entregárselo al jurado" porque fue el propio juez quien lo elaboró.

Sancionado también el abogado de Gago

Por otro lado, el abogado de Gago, Fermín Guerrero, ha sido sancionado a una multa de mil euros por no comparecer en una de las jornadas del juicio. La Audiencia Provincial de León ha decidido en una pieza separada sancionarle por su incomparecencia el día 27 de enero, que motivó la suspensión de la vista oral de ese día.

El abogado, que pidió perdón y ofreció explicaciones al presidente del tribunal y a su defendida, ha mantenido siempre la incógnita sobre su misteriosa desaparición durante 20 horas y la ha achacado a la esfera de lo privado. Nunca ha desvelado si su desaparición fue motivada por enfermedad o alguna causa justificable alegando que "eso pertenece a la intimidad".

Su desaparición y la imposibilidad de contactar por ningún medio con él creó una gran alarma en el mediático juicio por el crimen de Isabel Carrasco. Tras ser localizado por la Policía Local en una céntrica calle de León, el letrado reconoció que su desaparición había sido voluntaria y debido exclusivamente a "motivos personales imprevistos", a la vez que negó que la ausencia se debiera a ninguna estrategia legal.