El Supremo recibe parte de la causa por el 9N contra el exconseller Homs y devuelve el resto al TSJC
- El Supremo pide que le remitan lo directamente relacionado con el diputado
- El TSJ de Cataluña remitió toda la causa al Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha recibido la exposición razonada con los indicios que implican al diputado de Democracia y Libertad (DiL) en el Congreso de los Diputados, Francesc Homs, en la organización de la consulta soberanista del 9N de 2014 y, por ahora, ha decidido quedarse con esa parte de la causa y devolver el resto a Cataluña.
El juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que instruye la causa del 9-N remitió al Tribunal Supremo todo el caso, al entender que los hechos atribuidos al exconseller de Presidencia Francesc Homs no se pueden desvincular de los cometidos por el expresidente catalán Artur Mas.
La sala segunda ha recibido la exposición razonada, ha designado ponente sobre el asunto a su presidente Manuel Marchena y ha devuelto toda la causa al TSJC salvo en lo que afecta a Homs, para que el instructor en Cataluña siga investigando el asunto y sólo remita al alto tribunal aquello que esté directamente relacionado con el aforado.
El Supremo señala que únicamente deberán remitir testimonio de lo que consideren de especial relevancia en las diligencias en relación con el contenido de la exposición, que se centra en la condición de diputado, y en consecuencia aforado, de Francesc Homs, conseller de Presidencia y portavoz del Govern de la Generalitat cuando se produjo la consulta del 9N.
Pendiente la decisión sobre la causa contra Homs
En la providencia en la que responde al juez del TSJC, el Supremo le recuerda al instructor, así mismo, que sus escritos, una vez abandonan el territorio catalán, deben ser redactados en castellano, de acuerdo al artículo 231.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
"Las actuaciones judiciales realizadas y los documentos presentados en el idioma de una comunidad autónoma tendrán, sin necesidad de traducción al castellano, plena validez y eficacia. De oficio se procederá a su traducción cuando deban surtir efecto fuera de la jurisdicción de los órganos judiciales sitos en la comunidad autónoma con lengua oficial propia", dice el citado artículo.
La resolución sobre la exposición razonada (es decir, la decisión sobre si los indicios existentes son bastantes como para abrir una causa contra Homs que pudiera dar lugar eventualmente a la tramitación del suplicatorio contra él) requerirá, en un principio, informe del fiscal.
Después es posible que el propio Homs, que actualmente es diputado y por tanto tiene aforamiento ante el Supremo, y quien en el momento de los hechos era conseller de Presidencia y portavoz del Gobern de la Generalitat, comparezca voluntariamente ante el alto tribunal.
Distinto criterio de la Fiscalía
En cuanto al resto de la causa, el Supremo ha acordado la devolución inmediata de las diligencias originales al TSJ catalán porque, hasta que se resuelve sobre el contenido de la exposición, la competencia sobre la misma es del instructor catalán, quien deberá seguir investigando.
El magistrado Joan Manuel Abril envió al Supremo la exposición razonada junto al resto de la causa siguiendo un criterio distinto al de la Fiscalía, favorable a la separación de la pieza relativa a Homs.
El magistrado entendía que esa parte de la investigación que afecta a Homs no puede separarse de la que se está instruyendo en el TSJC contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas y las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau.
Homs compareció en el TSJC asistido por un abogado, aunque sin la condición formal de investigado, y reivindicó que su vinculación con la consulta del 9-N siempre fue pública y notoria. Además, desafió a la Fiscalía advirtiendo de que cuanto más altas sean las penas que se pidan, mayor será la vitoria del soberanismo.