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Estrasburgo condena a España por no investigar las torturas denunciadas por un presunto miembro de Ekin

  • Conlleva una indemnización de 23.500 euros por daños morales y por gastos
  • Insta a España a adoptar las medidas para la prevención de la tortura
  • La Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional habían rechazado sus recursos

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Salón de asambleas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo
Vista general del salón de asambleas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo (Francia).

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó este martes a España por no investigar sufiencientemente las torturas denunciadas por Xabier Beortegi Martínez, presunto miembro de Ekin, organización que formaba parte de ETA, durante sus cuatro días de detención en 2011.

La condena por vulnerar el artículo 3 (Prohibición de la tortura) en lo que concierne a la investigación conlleva una indemnización que asciende a 23.500 euros -20.000 euros por daños morales y 3.500 por gastos y honorarios-.

Beortegui Martínez denunció haber sido maltratado por cuatro guardias civiles durante el periodo en el que permaneció en régimen de incomunicación bajo custodia policial tras ser detenido por un presunto delito de pertenencia a la banda terrorista.

En este caso, al igual que ha ocurrido con otros similares que han llegado al tribunal de Estrasburgo, la Sala ha declarado por unanimidad que se ha producido una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos por una deficitaria investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales.

La demanda del miembro de Ekin

El Tribunal de Estrasburgo afirma que no tiene "elementos suficientes" para examinar los supuestos malos tratos que el demandante aseguró haber sufrido durante su arresto en Pamplona la noche del 17 al 18 de enero de 2011 y la detención incomunicada en la Dirección general de la Guardia Civil, en Madrid.

La Corte europea dice que "si existen motivos razonables para creer que hubo malos tratos, incumbe a las autoridades competentes del estado iniciar una investigación imparcial de oficio y sin demora".

En su demanda, Beortegi aseguró que, durante el trayecto de Pamplona a Madrid, fue golpeado en la cabeza, testículos y costillas por los cuatro agentes que le acompañaban. Ya en Madrid, dijo haber sufrido "sesiones de asfixia, tocamientos, amenazas de ponerle electrodos en el cuerpo y de introducir un palo por el ano".

La Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional rechazaron sus recursos, mientras que la Audiencia Provincial de Navarra dijo que la gravedad de los presuntos delitos "merecía una investigación profunda".

Adoptar medidas

La Corte Europea insta a España a adoptar las medidas recomendadas por la Comisión Europea por el Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) con el fin de mejorar la calidad de forense reconocimientos médicos de particulares en régimen de incomunicación bajo custodia policial.

Además, como indican los informes del Comité para la Prevención de la Tortura y del comisario de Derechos Humanos, el TEDH dice en el fallo que las autoridades "deben establecer un código de conducta claro sobre el procedimiento a seguir en los interrogatorios".

El TEDH reprocha al Juzgado de Pamplona haberse limitado a examinar los informes de los expertos médicos forenses, la médico de cabecera del solicitante y un psicólogo que lo había examinado, si bien rechazó incluir en su instrucción las grabaciones de cámaras de seguridad en los locales donde se había detenido y citar a los guardias civiles implicados.

Rechaza que los casi cuatro meses que Beortegui tardó en denunciar lo ocurrido tras su liberación pongan en duda la seriedad de esta denuncia e insiste en que, cuando hay motivos razonables para creer que los actos de malos tratos se han cometido, "las autoridades competentes del Estado tienen el deber de iniciar una investigación de oficio sin demora".

España ya fue condenada por hechos similares en los casos de Jon Patxi Arratibel Garciandia (2015), Beatriz Etxeberría Caballero y Oihan Unai Ataun Rojo (2014), Martxelo Otamendi Egiguren (2012), Aritz Beristain Ukar (2011) y Mikel San Argimiro Isasa (2010).