Colombia aprueba una reforma constitucional para incorporar el acuerdo de paz con las FARC
- El objetivo es dotar al futuro acuerdo de seguridad y estabilidad jurídica
- Este mecanismo fue pactado por el Gobierno y la guerrilla en La Habana
- Santos ha celebrado la votación: "¡Qué descanse en paz la guerra!"
La Cámara de Representantes de Colombia ha aprobado este miércoles una reforma constitucional para incorporar el acuerdo que se alcance con las FARC. Este mecanismo, pactado por el Gobierno y la guerrilla durante las negociaciones de paz en La Habana, tiene como objetivo dotar al futuro pacto de seguridad y estabilidad jurídica.
La propuesta ha sido aprobada durante el último debate del Acto Legislativo para la Paz por 85 votos a favor y 17 en contra, todos estos últimos de los diputados de Centro Democrático, partido opositor liderado por el expresidente y senador Álvaro Uribe, fuerte crítico del proceso de paz.
Sin embargo, el presidente Juan Manuel Santos ha celebrado el resultado de la "histórica votación" en su cuenta de Twitter. "Es momento de decir ¡Qué descanse en paz la guerra!", ha agregado el mandatario.
Por su parte, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, ha invitado a los colombianos a participar, una vez que finalice el proceso en la Corte, en el refrendo de los acuerdos.
Un "Acuerdo especial"
Esta reforma constitucional, acordada por el Gobierno y las FARC el pasado 11 de mayo durante los diálogos de paz, garantiza que el futuro cumplimiento del acuerdo sea conforme al derecho colombiano y también al derecho internacional.
Asimismo, lo pactado en Cuba será catalogado como un "Acuerdo especial" conforme a los Convenios de Ginebra, en lo que tiene que ver con los conflictos armados internos, una vez que lo firmado entre en vigor.
Según explicó el jefe negociador del Gobierno colombiano, Humberto de la Calle, el futuro convenio de paz tendrá la consideración de "Acuerdo Especial" y pasará a formar parte del llamado "bloque de constitucionalidad" colombiano "en sentido estricto y con carácter transitorio".
En la reforma se comtempla otorgarle facultades extraordinarias al presidente por 180 días para expedir decretos con fuerza de ley, necesarios para alcanzar el objetivo exclusivo de facilitar y asegurar la implementación del acuerdo de paz. Sin embargo, aunque tenga facultades extraordinarias, el presidente no podrá utilizarlas para expedir actos legislativos, leyes estatutarias, leyes orgánicas, ni nuevos impuestos.
De igual manera, el Gobierno, en los próximos 20 años, debe incluir en su Plan Nacional de Desarrollo un "Plan plurianual de inversiones para la paz" dándole prioridad a las zonas más afectadas por el conflicto interno.