Enlaces accesibilidad

Las Administraciones Públicas reducen en 12 días el tiempo de pago a los autónomos en el primer semestre

  • Tardan 75 días de media, frente a los 30 días establecidos por la ley
  • El pago de las empresas privadas se sitúa en 79 días, 19 más de lo fijado

Por
Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos
Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos en una imagen de archivo.

El periodo medio de pago del conjunto de las Administraciones Públicas a los autónomos ha descendido en 12 días con respecto a los plazos de diciembre de 2015, hasta situarse en 75 días al finalizar el primer semestre de este año, según el informe de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) en el que denuncia que, a pesar de esta reducción, el plazo en el que los autónomos cobran sus facturas sigue muy por encima del establecido legalmente (30 días).

La organización de autónomos utiliza para el cálculo del periodo medio de pago la fecha de emisión de las facturas o de la entrega de las mercancía hasta su pago efectivo, metodología diferente a la empleada por el Ministerio de Hacienda, donde el plazo se computa desde la convalidación de la factura por parte de la administración competente hasta su pago efectivo. Según ATA, "esto da un margen de entre 28 y 32 días, que es lo que se tarda de convalidar las facturas por parte de las Administraciones".

La Administración Central es la que menos tiempo tarda en pagar a los autónomos, 44 días de media, por encima del plazo legal, mientras que la Administración Local tarda algo más de dos meses (64 días) en pagar sus deudas, una semana menos de lo que tardaba a finales de 2015.

Los autónomos dependientes de las Administraciones Públicas de las comunidades autónomas son los que tardan más tiempo en cobrar, 85 días, aunque el periodo medio de pago se ha reducido en 16 días desde diciembre de 2015. Aún así, ATA destaca que este plazo está casi dos meses por encima del periodo legal.

En este sentido, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, ha criticado que los gobiernos regionales incumplan "sistemáticamente" la Ley de Morosidad, que es la que "más insumisos tiene y la que menos castiga". "Exceder en dos meses los plazos estipulados por ley no tiene ningún tipo de sanción y debería tenerlo por ser recurrente e injustificado", añade Amor.

Extremadura es una de las comunidades autónomas que más tarda en pagar

Extremadura, con 155 días de media, junto con Aragón (137 días), Baleares y Comunidad Valenciana (114 días de media) y Murcia (107 días de media) son las administraciones autonómicas que más infringen la Ley de Morosidad, al tardar entre cuatro y cinco meses en hacer frente a las deudas que mantienen con sus proveedores.

Con periodos medios de pago superiores a la media nacional (85 días) se sitúan también Cantabria (93 días); Castilla y León (89 días) y Madrid (88 días). Por debajo de la media se encuentran Andalucía (83 días), Cataluña (79 días), Castilla-La Mancha (69 días), Galicia (66 días) y La Rioja (60 días).

Aunque todas las comunidades incumplen el plazo de 30 días que establece la Ley de Morosidad, las que más se acercan y, por tanto, tardan menos tiempo en pagar a sus proveedores autónomos, son Navarra (41 días) y País Vasco (42 días), mientras que Canarias tarda una media de 53 días en pagar y Asturias, de 54 días.

La morosidad privada se sitúa en 79 días

Según el informe de ATA, los plazos de pago de las empresas privadas a los autónomos se situaron al finalizar junio en 79 días, seis días por debajo de la cifra registrada en diciembre de 2015. Pese a ello, también incumplen el plazo que establece la ley, en este caso los 60 días

Las grandes empresas -de más de 1.000 trabajadores- continúan siendo las que más tardan en pagar las facturas a sus proveedores, con 128 días de media.

Cuanto menor es el tamaño de la empresa, menos se tarda en pagar las facturas. Así, las empresas que tienen entre 250 y 1.000 trabajadores pagan en 119 días de media. Las empresas que cuentan con entre 50 y 250 empleados necesitan 73 días y el plazo baja a 58 días en el caso de las que tienen entre 9 y 50 trabajadores.

Por su parte, las transacciones entre los autónomos se sitúan en 45 días y en 48 días en el caso de las microempresas.

"Pese a los avances, debemos plantear acabar con la morosidad como una prioridad absoluta y actuar de forma contundente contra ella. Más allá de la morosidad pública, no tiene sentido que las grandes empresas, con todos sus recursos, no sean capaces de cumplir la ley como hacen los autónomos", ha subrayado Amor.

La ATA solicita que se cree un cuerpo de inspección específico que vigile la morosidad y establecer un recargo del 20% automático cuando se superen los plazos de pago legalmente establecidos y establecer un régimen sancionador para aquellas empresas que incumplan de forma reiterada y siempre y cuando responda a malas prácticas los plazos de pago con sus proveedores. Medidas como ésta deben ponerse en marcha de forma inmediata para acabar con esta situación de morosidad.