El Tribunal Supremo obliga a dar asilo a un camerunés que alegó persecución homosexual
- El alto tribunal ha revocado la denegación del asilo por parte de Interior
- Lo hace porque su país tipifica como delito la homosexualidad
El Tribunal Supremo ha ordenado al Ministerio del Interior que tramite el asilo a un camerunés que alegó ser perseguido en su país por homosexual, al entender que su relato es veraz y especialmente en un país que tipifica como delito esta inclinación sexual.
De esta manera, el alto tribunal ha revocado la denegación del asilo a este hombre en noviembre de 2014 por parte de Interior, que consideró que sus alegaciones sobre la persecución padecida en Camerún por su condición de homosexual eran "inverosímiles e insuficientes".
El ciudadano camerunés, Prosper K.T., había relatado en su demanda a su llegada al aeropuerto de Barajas que, al enterarse de su condición de homosexual, los jóvenes de su barrio en Camerún le dieron una paliza a él y a su novio en julio de 2014, a consecuencia de la cual este último habría muerto.
Problemas incluso en su entorno familiar
En su solicitud cronológica, explicó que en enero de 2014 confesó a su mujer que era homosexual y a partir de ahí empezó a tener problemas con su familia, hasta el punto de que sus hermanos "no querían saber nada de él". También sufrió insultos de vecinos, ante los que él se encaraba "negándolo todo".
Unos meses después, unos jóvenes vieron al solicitante y a su novio juntos y les dieron una paliza con palos y morteros que le dejó tres cicatrices en la espalda, contó en su demanda de asilo.
Su novio murió a consecuencia de los golpes y él, explicó a las autoridades españolas, pudo sobrevivir porque se hizo el muerto y luego salió corriendo hacia el bosque aprovechando un descuido de sus agresores.
Él decidió huir, primero a Nigeria, luego a México y por último a España, donde reclamó asilo y protección internacional subsidiaria, que le fue denegada.
Acnur apoyó el asilo
El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) presentó un informe apoyando el asilo, a pesar de lo cual la Audiencia Nacional dio la razón a Interior, aunque, según el Supremo, ese tribunal resolvió "en términos genéricos" y no explicó por qué creía que los argumentos del camerunés eran incoherentes.
En su momento, Interior afirmó que las alegaciones del hombre eran "inverosímiles e insuficientes", un argumento que apoyó la Audiencia Nacional, ante lo que el ciudadano camerunés planteó recurso de casación en el Supremo.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Calvo Rojas, analiza el procedimiento del derecho de asilo, aplicable a las solicitudes presentadas en puestos fronterizos. Destaca que las posibilidades de denegar la admisión a trámite de las peticiones en estos casos deben interpretarse de forma restrictiva, de acuerdo a su jurisprudencia.
En este caso concreto, el alto tribunal señala que ni en la sentencia de la Audiencia Nacional, ni en las resoluciones que confirma, se dice que el solicitante hubiese formulado alegaciones incoherentes, ni que su relato contradiga la información disponible sobre el país de origen.
"Más bien al contrario -añade- sobre esto último la propia sentencia señala como dato no controvertido que en la legislación de Camerún se tipifican como delito los actos homosexuales y que se trata, además, de una conducta efectivamente reprimida en ese país".
Así, teniendo en cuenta el informe de Acnur que considera el relato verosímil, cree que "no puede considerarse ajustada a derecho la decisión de denegación basada en la razón, expresada en términos genéricos, de que las alegaciones son inverosímiles e insuficientes".