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Archivada la causa contra Senante, Bautista y dos directivos de la SGAE por pagos irregulares

  • La Audiencia Nacional considera que no hay indicios suficientes
  • Deja sin efecto la decisión del juez José de la Mata
  • El auto no se puede recurrir a no ser que se aporten nuevos elementos

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Caco Senante en una imagen de 2005.
Caco Senante en una imagen de 2005.

La Sala de lo Penal de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional ha anulado la apertura de juicio oral para el compositor Caco Senante, el expresidente de la Sociedad General de Autores (SGAE) Teddy Bautista y dos directivos de la misma por supuestos pagos irregulares y archiva la causa definitivamente.

En un auto fechado este sábado al que ha tenido acceso Efe, los magistrados Alfonso Guevara, Juan Pablo González y Fermín Echari estiman los recursos presentados por los cuatro imputados contra la decisión adoptada el pasado mes de junio por el juez José de la Mata, la deja sin efecto íntegramente y acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

El auto no se puede recurrir

El auto no se puede recurrir, aunque los magistrados matizan que la causa se podría reabrir "si se aportaran nuevos elementos que permitieran de forma fundada, razonada y justificada mantener la imputación".

De la Mata decretó en junio la apertura de juicio oral para Caco Senante, Teddy Bautista y los directivos de la SGAE Ricardo Azcoaga y Enrique Gómez Piñeiro por supuestos pagos irregulares en la causa en la que la Fiscalía Anticorrupción pidió para cada uno de ellos dos años y medio de cárcel por el pago supuestamente ilegal de 30.354 euros por parte de la SGAE a Senante y por la compra de un instrumento por 20.000 euros cuando su valor era de 3.270 euros. Todo ello sin ser autorizado por el Consejo de la SGAE.

En concepto de responsabilidad civil, el juez reclamaba a los tres principales acusados que depositaran una fianza de 62.079 euros cada uno, y de 40.472 euros en el caso de Gómez Piñeiro, al que se considera cómplice de estos hechos.

Consideran que no hay indicios suficientes

Los magistrados de la Sala de lo Penal de la Sección Tercera consideran ahora que no existen indicios suficientes de la comisión de los citados delitos.

Detallan que los hechos en que se basa el escrito de conclusiones provisionales "se revelan como inciertos" y los indicios incluidos en el auto "son insuficientes para mantener la imputación, pues de ellos solo se desprende la realidad de los pagos así como la posterior valoración pericial del instrumento".

El auto reconoce que es posible admitir que se debió informar al Consejo de la SGAE de las gestiones que hacía Caco Senante para la SGAE en Canarias y de su contratación, así como de la compra del instrumento musical -un timple canario firmado por Rafael Alberti-, pero "no existe evidencia de que ello fuese preceptivo".

Sobre el precio pagado por el timple canario, los magistrados dicen que podría haberse tenido una mayor cautela, pero subrayan la dificultad para valorar ese bien y el hecho de que es probable que no sus dueños no lo hubiesen vendido más barato.