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Competencia multa con más de cuatro millones a 15 empresas de mudanzas internacionales

  • El "acuerdo de las mudanzas" duró más de 15 años y causó sobrecostes a la Administración
  • Las empresas se repartían las licitaciones para el traslado de funcionarios

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Cajas de cartón de una mudanza
Cajas de cartón de una mudanza.

Competencia ha sancionado con un total de 4,09 millones de euros a 15 empresas especializadas en los servicios de mudanzas internacionales por formar un cártel e hinchar los precios para la Administración Pública.

En concreto, la CNMC ha acreditado que durante más de 15 años estas empresas articularon su conducta anticompetitiva a través del “acuerdo de las mudanzas”. Se reunían en comidas y cenas que se celebraban de forma habitual todos los años, en ellas fijaban precios y otras condiciones comerciales, se repartían el mercado e intercambiaban información sensible.

El cártel prestaba los servicios de mudanzas internacionales para el personal de varios Ministerios: Exteriores, Defensa (CNI, Policía Nacional, Guardia Civil), Educación (Instituto Cervantes), Economía (Comercio), Presidencia, Trabajo, Agricultura y Medio Ambiente, Industria, Turismo y también para la Agencia EFE.

Empresas multadas

Las empresas sancionadas son SIT Grupo Empresarial (1,51 millones de euros), Interdean (693.905 euros), La Vascongada (483.700 euros), Mudanzas Flippers Internacional (308.422 euros), Caballero Moving (191.841 euros), Transferex (190.733 euros), AGS Mudanzas Internacionales (176.284 euros), Hasenkamp Relocation Services Spain (146.500 euros) y Mudanzas La Toledana (116.250 euros).

Con multas inferiores a 100.000 euros están Mudanzas Mundivan (83.721 euros), Euromonde (59.939 euros), Sancho Ortega Internacional (52.499 euros), Mudanzas Rumbo (34.307 euros), Procoex Mudanzas (33.879 euros) y Gil Stauffer Madrid (12.747 euros).

La empresa Interdean, al haber facilitado medios de prueba de la infracción, obtiene una reducción del 30% (equivalente a 297.388 euros) en el pago de la multa.

Competencia considera acreditado que se produjo un reparto del mercado con el establecimiento de cuotas, en las que cada empresa tenía asignado un porcentaje; el respeto de traslados, que se iba modificando y adaptando, en función de las afinidades entre empresas, los problemas que surgían entre ellas, o las reacciones de la Administración ante sus requisitos; y el “respeto” de clientes de los competidores.

Sobrecostes para la Administración Pública

Las empresas participantes en el “acuerdo de las mudanzas” acordaron fijar el precio al que se debía realizar un traslado o mudanza, o el precio mínimo por encima del cual se debían presentar los llamados presupuestos de acompañamiento o de apoyo. El criterio económico es el único que sigue la Administración para aprobar el gasto entre las ofertas recibidas de las empresas de mudanzas para un traslado.

Con esta forma de actuar el cártel incrementó los precios de los servicios prestados a la Administración. Llegaron a aplicar un margen consensuado de hasta 12.000 euros de beneficio neto por operación en algunos casos, y, en general, porcentajes elevados de beneficio incluso de más de la mitad del precio presupuestado. Todos estos sobrecostes afectaron a los precios finales que pagó la Administración Pública.

Las empresas también acordaron “otras condiciones comerciales ofertadas”. Es decir, servicios complementarios que ofrecían de forma consensuada a los Ministerios. Por ejemplo, el número de meses gratuitos de guardamuebles, limpiezas o pintura de la casa de destino, transporte de mascotas, recogidas antes de la adjudicación, recogidas o entregas en España múltiples, o exceso de volumen en mudanzas.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pero las empresas pueden interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.