El Constitucional levanta la suspensión cautelar del impuesto sobre pisos vacíos en Cataluña
- El Gobierno central recurrió la norma por entender que ya existía este impuesto
- Los jueces han optado por levantar la suspensión hasta emitir una sentencia
- La tasa está dirigida a la banca y a los grandes propietarios de pisos vacíos
El pleno del Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión cautelar que pesaba desde el pasado 3 de mayo sobre la Ley aprobada por el Parlamento de Cataluña que establece un impuesto sobre los pisos vacíos en esa comunidad. El levantamiento de la medida -que podía haber sido prorrogada- fue acordado por el Pleno del tribunal de garantías de la semana pasada porque ya estaba próximo a concluir, el lunes 3 de octubre, el plazo de cinco meses de suspensión de vigencia del precepto.
La suspensión se aplicó de forma automática al admitirse a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra esta norma. Según explicó el pasado 22 de abril el ministro de Justicia en funciones, Rafael Catalá, el Ejecutivo central impugnó la ley que establece un impuesto a las viviendas vacías porque ese hecho imponible ya está gravado en el actual sistema de financiación de las haciendas locales, que prevé recargos de hasta el 50% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Un nuevo tributo sobre el mismo hecho, según explicó, incurriría -a su entender- en "vicio de inconstitucionalidad".
El Govern celebra la decisión del Constitucional
La consellera catalana de Gobernación, Meritxell Borràs, se ha mostrado "satisfecha" de que la ley catalana que avala el impuesto a los pisos vacíos "vuelva a estar viva", aunque ha remarcado que el hecho de haber estado suspendida desde mayo no ha afectado a la recaudación.
A la pregunta de si no temía que la ley catalana esté sujeta a inseguridad jurídica, dado que el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado sobre el fondo de la cuestión, la consellera lo ha negado, y ha insistido en el que el Govern seguirá usando la ley para seguir ampliando el parque público de vivienda y beneficiando así a las personas "más vulnerables".
Además, la consellera ha recordado que se prevé aprobar "en breve" una nueva versión de este impuesto que sustituye los artículos recurridos por el Gobierno ante el Constitucional y para ampliar de 72 a 234 los municipios donde podrá aplicarse.
Impuesto para la banca y los grandes propietarios
El impuesto, cuyo reglamento fue aprobado el pasado mes de febrero, deberá ser abonado por las entidades financieras y los grandes propietarios de pisos vacíos que lo estén más de dos años sin causa justificada.
Quedan exentas las viviendas de particulares, así como las protegidas con calificación oficial vigente, las que estén situadas en zonas de escasa demanda acreditada, las puestas a disposición de programas sociales y los apartamentos turísticos.
Cuando fue aprobada, el Govern calculaba recaudar unos 8 millones anuales con esta tasa, cifra que preveía destinar a ampliar la partida dedicada a la compra de pisos para alquiler social.
Sin embargo, en abril la Generalitat informó de que había recaudado 11,3 millones de euros, tres más de los previstos, con la primera liquidación anual del impuesto sobre viviendas vacías, que pagaron un total de 198 entidades financieras e inmobiliarias por tener pisos deshabitados más de dos años sin causa justificada. Ahora, el Govern ha dicho que prevé recaudar este año unos 14,3 millones por esta vía.