Flores, condenado a cuatro años de cárcel por la tragedia del Madrid Arena
- La Audiencia Provincial de Madrid ha notificado este martes la sentencia
- Se absuelve al exjefe de la Policía Municipal Emilio Monteagudo
- También ha sido absuelto el equipo médico del Madrid Arena
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado este martes a cuatro años de prisión al promotor y principal acusado por la tragedia del Madrid Arena, Miguel Ángel Flores, por la muerte de cinco jóvenes ocurrida en la macrofiesta de Halloween del 1 de noviembre de 2012 al considerarle el "máximo responsable".
Así consta en una sentencia que se ha notificado a todas las partes y en la que los magistrados consideran al dueño de la empresa que organizó la fiesta mortal autor de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y 29 delitos de lesiones.
Al respecto, el tribunal destaca que una de las consecuencias de la avalancha mortal fue la "conducta gravemente imprudente de Miguel Ángel Flores, impropia de un empresario experimentado en este tipo de negocios" al que achaca que "actuó intentando conseguir en todo momento el máximo beneficio económico".
Respecto a las causas de la tragedia, los magistrados consideran acreditado que la muerte de las cinco jóvenes se produjo por el sobreaforo que han cifrado en 16.600 personas, por el cierre de vomitorios y escaleras y por haberse derivado la entrada del público a través de las puertas de emergencia directamente a la pista, que ya se encontraba saturada por el sobreaforo.
Absueltos el exjefe de la Policía Municipal y el equipo médico
Por contra, en la sentencia del caso, de 677 páginas, la Sección Séptima de la Audiencia absuelve a los responsables del equipo médico en la fiesta del Madrid Arena Simón Viñals y su hijo Carlos así como al exjefe de la Policía Municipal de Madrid Emilio Monteagudo.
Según el auto, los magistrados consideran acreditado que si bien el dispositivo de Policía municipal era "precario" y pudo tener pudo tener incidencia en que no se impidieran infracciones como el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o la venta ambulante, en absoluto guarda relación con el sobreaforo existente en el Madrid Arena esa noche.
"Ni la Policía Municipal, ni especialmente el acusado Emilio Monteagudo pudo conocer y controlar, ni sobre el resto de circunstancias y actuaciones que se produjeron en el interior de dicho pabellón, por lo que procede la libre absolución del que era jefe de la Policía Municipal aquella noche al no haber cometido el mismo conducta imprudente alguna que tenga influencia en el lamentable resultado producido", recoge el texto.
En cuanto al equipo médico, pese a entender acreditada su "negligente actuación" cuando las víctimas fueron llevadas al botiquín para que las asistieran, el tribunal les absuelve por considerar que "no está probado" que si dichos doctores "hubieran actuado correctamente podrían haber evitado que las jóvenes fallecieran", dado el tiempo que las víctimas estuvieron atrapadas en el vomitorio y el que transcurrió hasta que pudieron ser rescatadas.
Otros condenados
Junto a Flores, el tribunal condena también a tres años de cárcel por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y lesiones al coordinador de proyectos del departamento de operaciones de Madrid Espacios y Congresos (Madridec), Francisco del Amo, y al director general de la promotora del evento Diviertt, Santiago Rojo.
También impone dos años, seis meses y un día de prisión para el jefe de personal y número 3 de Diviertt, Miguel Ángel Morcillo, y para el socio mayoritario de la empresa de seguridad privada Kontrol 34, Carlos Manzanares.
Asimismo, los magistrados condenan a los jefes de Seguriber Juan José París Nalda y Raúl Monterde por cinco delitos de homicidio por imprudencia menos grave, pero no les imponen pena de cárcel sino una multa de 3.600 euros a cada uno.
Los magistrados consideran que todos los condenados "no solo no evitaron los riesgos sino que los crearon y los permitieron" y "con sus acciones y omisiones infringieron los deberes de cuidado que les competían como responsables del evento".
Al margen de los doctores Viñals y de Monteagudo, la Sala absuelve al director de departamento de seguridad de Madridec, Rafael Pastor; al responsable del control de cámaras del pabellón, Roberto Mateos; al socio minoritario de Kontrol 34, Emilio Beillard; al jefe de equipo de Seguriber durante la fiesta, Jose Antonio Díaz Romero; y al técnico de operaciones de Madridec, José Ruiz Ayuso.
Con todo, el tribunal recuerda que la resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días. El abogado de Flores, José Luis Fuertes, ya ha anunciado que recurrirá la condena.
Indemnizaciones para los padres
Según la sentencia, las familias de las cinco jóvenes fallecidas en la fiesta del Madrid Arena percibirán cada una en torno a 350.000 euros de indemnización. Los magistrados de la Sección Séptima consideran que los mayores perjudicados por lo sucedido son sin duda los padres de las jóvenes que han tenido que vivir cómo sus hijas van a un evento musical, y no vuelven porque pierden la vida en el mismo.
Como consecuencia, para los padres de las víctimas los magistrados cifran la cantidad de 250.000 euros, que en el caso del padre de Katia Esteban percibe íntegramente él en exclusiva puesto que es viudo lo que conlleva que tiene que soportar en soledad el dolor por la muerte de su hija.
Excepción a esto es la de los padres de Rocío Oña, ya que ésta era la única hija de ambos y por ello deben percibir una cantidad superior por la pérdida de su única descendiente por lo que se les fija una indemnización de 300.000 euros, 150.000 euros para cada uno de ellos.
Indemnización para los hermanos
En cuanto a los hermanos de las fallecidas el Tribunal entiende que tras lo sucedido resultan perjudicados por la muerte de su hermana en las circunstancias expresadas y que, en consecuencia, deben ser indemnizados por ello con independencia de que sean o no mayores de edad.
Dentro de los hermanos para los magistrados es evidente que, pese a la dificultad para cuantificar el dolor, objetivamente resulta un mayor perjuicio para aquéllas que pierden a quien era su única hermana como es el supuesto de Tania Esteban Casielles, hermana de Katia, de Verónica Arce de la Fuente, hermana de Cristina, y de María Matilde Alonso Vinatea, hermana de Teresa.
María Matilde Alonso Vinatea era además menor de edad y, en consecuencia, se considera que su padecimiento debe ser indemnizado de una forma ligeramente superior a las restantes, fijándose la cantidad de 90.000 euros para Tania Esteban Casielles y Verónica Arce de la Fuente y 100.000 euros para María Matilde Alonso Vinatea.
En cuanto a los seis hermanos de Belén Langdon del Real, para el Tribunal el hecho de que sean seis en total no descarta que cada uno de ellos haya sufrido de forma individual por el fallecimiento de la misma y que deban de ser indemnizados.
Sin embargo y en relación con los cinco hermanos mayores de edad los magistrados consideran que sus padres no tienen legitimación para reclamar en su nombre, aunque sí puede hacerlo el Ministerio Fiscal, por lo que procede indemnizar a cada uno de ellos en la cantidad de 31.634,69 euros.
Respecto a la hermana menor, Natalia Langdon del Real que tenía en ese momento tan sólo nueve años de edad, y convivía con la fallecida Belén, considerando que la relación entre ambas hermanas sería más estrecha y mayor el padecimiento de la pequeña por la pérdida de su hermana se estima ajustada la cantidad de 80.000 euros.
En relación con Teresa Alonso Vinatea, como se ha expuesto, la misma estuvo hospitalizada en la UCI de la Fundación Jiménez Díaz desde el día de los hechos hasta el 29 de noviembre de 2012 en que falleció, debatiéndose durante ese tiempo por lo que se estima adecuado que sus herederos perciban por ese concepto la cantidad interesada por el Ministerio Fiscal de 2.500 euros.
Indemnización por los sepelios y para los que sufrieron lesiones
Procede además indemnizar a las familias de las víctimas que han justificado los gastos de sepelio en la cuantía de los mismos y así, teniendo en cuenta las facturas aportadas para justificar tales gastos, José Ignacio Oña Ruiz deberá ser indemnizado por este concepto en la cantidad de 3.208,39 euros, Nicolás Langdon Ruiz en la cantidad de 2.176,18 euros y Fernando Alonso Díaz en la cantidad de 5.199,77 euros.
Además la entidad ASISA deberá ser indemnizada en la cantidad de 48.374,45 euros, correspondientes a la asistencia sanitaria prestada a María Teresa Alonso Vinatea, en la Fundación Jiménez Díaz durante el tiempo de hospitalización.
En relación con los asistentes al evento el Tribunal considera que deben ser indemnizados todos aquéllos que sufrieron lesiones durante el mismo y que por lo tanto resultaron perjudicados por los delitos independientemente de que sean o no constitutivas de infracción penal.
El juicio del Madrid Arena
La sentencia de la tragedia del Madrid Arena llega cuatro meses y medio después de que terminará el juicio que arrancó el pasado 12 de enero y se prolongó durante cuatro meses hasta el 13 de mayo, y casi cuatro después de que se produjera el suceso.
El Ministerio Fiscal pedía cuatro años de cárcel para el principal acusado, el promotor del evento por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y dieciséis delitos de lesiones por imprudencia grave; y un año y seis meses de prisión para los jefes del equipo médico, Simón y Carlos Viñals por un homicidio por imprudencia grave a cada uno de ellos.
Durante la vista oral, Flores manifestó su pesar por lo sucedido y culpó al Ayuntamiento dirigido entonces por Ana Botella del hecho de alquilarle un edificio en malas condiciones.
Asimismo, el Ministerio Público solicitaba tres años de prisión para Rafael Pastor, Francisco del Amo, Juan José París Nalda y Raúl Monterde. Y también para el vigilante de seguridad Roberto Mateos; y los socios de Control 34 Carlos Manzanares y Emilio Beillard. Mientras que pedía dos años y seis meses para Santiago Rojo, Miguel Ángel Morcillo y Jose Antonio Díaz Romero.