El Supremo confirma el sobreseimiento del caso Couso al rechazar consultar al Constitucional
- Se desestiman los recursos interpuestos por la familia del cámara
- La Audiencia Nacional rechazó plantear una cuestión de inconstitucionalidad
- El Supremo sigue la doctrina establecida en sentencias previas sobre justicia universal
El Tribunal Supremo ha confirmado el sobreseimiento de la causa en la que se investiga la muerte en Irak del cámara de televisión José Couso y ha rechazado presentar una cuestión ante el Tribunal Constitucional contra la última reforma de la justicia universal.
En su resolución de este jueves, el Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por la familia del cámara español y la Asociación Libre de Abogados contra el auto por el que la Audiencia Nacional rechazó plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre la justicia universal.
La reforma parcial de la Ley Orgánica del Poder Judicial, relativa a la justicia universal, supuso el archivo y sobreseimiento de la investigación de la muerte del cámara de Telecinco, ocurrida el 8 de abril de 2003, tras ser disparado por un tanque estadounidense cuando se encontraba en un hotel de Irak.
Así lo acordó la propia Audiencia Nacional en el auto que rechazó la consulta al Tribunal Constitucional, en el que se acordó la conclusión del sumario y el sobreseimiento de la causa hasta que no se acrediten cumplidos los requisitos establecidos en dicha ley para activar la jurisdicción española.
Sólo jueces y tribunales pueden promover este tipo de cuestiones
Ahora el Supremo sigue la doctrina establecida en sentencias anteriores sobre la regulación de la justicia universal en las que ya rechazó plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre dicha ley.
En este sentido, recuerda que una cuestión de este tipo sólo puede ser promovida, de oficio o a instancia de parte, por jueces y tribunales cuando consideren que una norma con rango de ley aplicable al proceso del que conocen y de cuya validez dependa la decisión que hayan de adoptar en el mismo pueda ser contraria a la Constitución; algo que no ocurre en este caso.
Se lamenta la escasa cooperación judicial de Estados Unidos
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Granados, afirma que "la muerte causada violentamente de un profesional de la información cuando estaba en el ejercicio de sus funciones, en las circunstancias que se infieren de lo que se describe en los escritos presentados, constituye un ataque no justificado por parte de fuerza armada a población civil".
Y sigue: "Como igualmente resulta lamentable la escasa cooperación judicial prestada por las autoridades de Estados Unidos para el esclarecimiento de los hechos".