Condenan a 15 meses de cárcel a una maestra por meter a un niño en un cubo de basura
- La profesora, de un colegio de Ceuta, castigó así a un alumno de tres años
- El juez considera su actuación "injustificada, desproporcionada e innecesaria"
El Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha condenado a una maestra del Colegio San Agustín de la ciudad autónoma a un año y tres meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de la docencia en "cualquier centro de enseñanza, sea público o privado", durante el mismo tiempo por un delito contra la integridad moral con agravante de abuso de superioridad por introducir a un niño de tres años al que daba clase en un cubo de basura en dos ocasiones "con pleno convencimiento de que la misma afecta potencialmente al desarrollo integral y psicológico del menor de edad".
En la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press, se absuelve a la acusada, A.G.R., que no ha dejado de trabajar para los Agustinos desde el momento en el que tuvieron lugar los hechos, hace dos años, del delito o falta de lesiones que también se le imputaba.
La docente también ha sido condenada a no aproximarse a menos de 100 metros del menor "en cualquier lugar donde se encuentre" durante dos años y a pagar parte de las costas y 2.000 en concepto de daños morales con el centro concertado y una aseguradora como responsables civiles subsidiarios.
La maestra aseguró durante la vista oral que "reñía o desplazaba a la pared" a los alumnos pero "nunca" daba "cachetes en el culo ni tirones de oreja". Además, argumentó que el menor "daba palizas a los otros niños y se autolesionaba". Al meterlo en el cubo de basura dijo haber aplicado "una técnica pedagógica denominada 'tiempo fuera", según refiere la sentencia.
Un acto "degradante" y "humillante" para el niño
El juez da credibilidad al testimonio de los compañeros de clase pero estima que "no resulta acreditado que la acusada obligase al resto de alumnos a proferir la expresión 'basura, sucio, basurilla' cuando realizaba la conducta de introducir al menor en la papelera".
"A excepción de los episodios referentes a la papelera o cubo de basura, no resulta acreditado que la acusada hubiese realizado algún otro tipo de agresión o maltrato a los menores", concluye la sentencia, que estima que "introducir a un menor de cuatro años, persona desvalida y sin posibilidad de defensa, dentro de un cubo o contenedor destinado a papelera o basura y hacer que permanezca en él cinco o seis minutos constituye, incluso aisladamente, un acto degradante y humillante, que claramente atenta al núcleo de su dignidad".
La resolución tacha de "injustificada, desproporcionada e innecesaria" la actuación de la maestra porque, desde el punto de vista del juzgador, "son precisamente los profesionales de la enseñanza quienes tienen que adoptar en supuestos de agresividad medidas proporcionales y acordes con la pedagogía moderna que sean compatibles con el desarrollo integral del menor como proyecto de persona adulta y evolucionada, y no castigos o actos tan atentatorios contra la dignidad del menor".