El Supremo confirma la suspensión del juez independentista Santiago Vidal
- Rechaza el recurso que presentó el juez contra la suspensión de tres años
- El CGPJ le castigó por participar en la redacción de una constitución catalana
- El senador de ERC interpondrá un recurso de amparo ante el Constitucional
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso que el juez Santiago Vidal presentó contra la suspensión por tres años con la que el Consejo General del Poder Judicial le castigó por participar en la redacción de una Constitución catalana.
La decisión ha sido adoptada por mayoría de 21 magistrados frente a 11. Los magistrados que se han quedado en minoría emitirán un voto particular porque consideran que debía estimarse el recurso de Vidal.
De este modo, el pleno de la Sala Tercera del alto tribunal ha rechazado el recurso que Vidal, actual senador por ERC, presentó contra el castigo disciplinario que el pleno del CGPJ decidió para él en febrero por sus actos soberanistas en favor de una Constitución catalana.
Santiago Vidal ha expresado este lunes su "discrepancia" y "decepción" ante la decisión del Tribunal Supremo. Tras conocer la noticia que "francamente no esperaba", Vidal ha anunciado que interpondrá un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) "como paso imprescindible para acudir" en su día al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ya que el exmagistrado dice no confiar "en absoluto" en el TC.
Autor de una falta muy grave
Vidal fue considerado autor de una falta muy grave consistente en la "ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales".
Al igual que ha sucedido este lunes, también la sanción del CGPJ fue adoptada, en febrero de 2015, en una decisión dividida: con los votos de la mayoría conservadora que apoya al presidente Lesmes, pero con los votos en contra de la minoría progresista, a la que se sumó el vocal elegido por el PNV, Enrique Lucas. En total, doce votos contra nueve.
La mayoría de los miembros del Poder Judicial consideró que Santiago Vidal no cumplió con su deber básico de fidelidad a la Constitución Española. La minoría estimó que su postura favorable al proceso soberanista catalán no era merecedora de una sanción tan grave.
En todo caso, la decisión del CGPJ ya supuso un castigo menos severo de lo que propusieron el Promotor de la Acción Disciplinaria en el CGPJ, el magistrado Antonio Jesús Fonseca, y el fiscal. Ambos propusieron al pleno sancionar por dos faltas muy graves a Vidal con la separación de la carrera.
La Fiscalía consideraba que Vidal había vulnerado de forma "flagrante" su deber de fidelidad a la Constitución Española al participar en la redacción de una constitución catalana y participar públicamente en actos a favor de la independencia de Cataluña.
Finalmente no se adoptó esa decisión, sino la de tres años de separación de la carrera por una falta muy grave de las previstas en el artículo 417.14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, consistente en la vulneración del deber básico de fidelidad a la Constitución y al ordenamiento jurídico. Esa es la decisión que finalmente ha confirmado el Supremo.