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Tres años y medio de cárcel por almacenar vídeos de decapitaciones en el móvil y autoadoctrinarse

  • La Audiencia Nacional condena a un argelino que tenía fotos de ejecuciones
  • Se trata de la segunda resolución por un delito de autoadoctrinamiento yihadista

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Ahmed B. acompañado de su abogada, a la salida de la Audiencia Nacional.
Ahmed B. acompañado de su abogada, a la salida de la Audiencia Nacional.

La Audiencia Nacional ha condenado a Ahmed B. por un delito de adoctrinamiento en el yihadismo a través de Facebook y por almacenar en su móvil imágenes de decapitaciones y propaganda de Dáesh, al considerar probado que perseguía "los fines" de esta organización y que difundía sus "consignas y mensajes".

El tribunal de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, presidido por el magistrado Ángel Hurtado, considera que queda acreditado el autoadroctinamiento del acusado "recibido a través de autoridades islamistas religiosas de ideología radical" y por ello le condena además a cuatro años de libertad vigilada.

Y recoge en la sentencia que la actividad de Ahmed B. en Internet "refleja un pensamiento que no surge de una manera espontánea, sino que parece obedecer a una ingeniería social" cercana a la del fundador de Al Qaeda, Osama Bin Laden.

Esta resolución es la segunda que dicta la Audiencia Nacional por este delito, introducido en la reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado mes de julio.

Propaganda e imágenes de ejecuciones

Según el tribunal, el acusado llegó a almacenar en su móvil 70 fotografías con propaganda e imágenes del Estado Islámico, 12 fotos de personas ejecutadas, exhibiendo a los verdugos con las cabezas cortadas, 17 fotos de cadáveres, 57 fotos de personas armadas pertenecientes a grupos terroristas, 5 fotos de líderes de grupos terroristas, entre ellas, la del cabecilla del Daesh, Abu Al Baghdadi.

No obstante, el procesado negó en el juicio poseer tales imágenes en su móvil que, según él, no había visto "nunca" y desconocía cómo habían llegado allí. Alegó además no estar de acuerdo con lo que "hace y defiende el Estado Islámico y Al Qaeda", ni su ideología ni la violencia que emplea en sus actos.

El tribunal también considera que Ahmed publicó en su cuenta de Facebook en enero de 2014 un comentario que decía: "Si Dios quiere van a venir ejércitos muyadihin-fieles luchadores que esperan la guerra contra Israel y vamos a derrotar a los Estados Unidos e Israel y sus chivatos, si Dios quiere".

Radicalización desde 2007

Comentarios como éste contaban con "un gran nivel de difusión" y, según la sentencia, estos hechos avalan "la estrategia de captación y adoctrinamiento para la causa del yihadismo violento, de manera que su tenencia y utilización tiene como finalidad lograr ese objetivo de formarse y adoctrinarse".

Fue en 2007 cuando el procesado comenzó su radicalización al frecuentar cada vez más una mezquita de Barakaldo (Vizcaya) en la que mantuvo un "contacto evidente" con el imam del templo, un salafista de origen palestino, a quien se considera que difunde "una ideología islamista radical".

Además, la resolución refleja que su amistad con el imam llegó a su máximo apogeo cuando el condenado comenzó a justificar la yihad hasta el punto de dedicarse a captar adeptos entre jóvenes desarraigados de origen árabe.