El Gobierno aprobará un Código de Buenas Prácticas para que los bancos devuelvan las cláusulas suelo
- Su adhesión por parte de la banca será voluntaria, según Méndez de Vigo
- Una sentencia europea obliga a las entidades a devolver lo cobrado de más
- El Banco de España calcula en 4.000 millones el impacto económico
El Gobierno aprobará el próximo viernes un Código de Buenas Prácticas, de adhesión voluntaria para las entidades financieras, para resolver "con celeridad" la devolución de lo cobrado de más a los clientes afectados por cláusulas suelo abusivas después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Una decisión judicial que obliga a la banca a reintegrar las cantidades de forma retroactiva y no solo desde 2013, como dictaminó el Tribunal Supremo español.
Partidos de la oposición, organizaciones de consumidores y la Defensora del Pueblo pidieron este jueves al Gobierno que arbitre un procedimiento extrajudicial para que los clientes afectados puedan recuperar su dinero sin necesidad de acudir a la vía judicial.
El portavoz del Ejecutivo, Íñigo Méndez de Vigo, ha señalado que la situación generada por las cláusulas suelo forma parte de "una relación privada y personal entre los bancos y sus clientes" y que lo que quiere hacer el Gobierno con este Código de Buenas Prácticas es dar "seguridad, claridad y certidumbre y que se haga de una manera rápida".
También ha insistido en que el sector bancario en España, y más después de las reformas realizadas en los últimos años, "es sólido", en línea con lo comentado el pasado miércoles por el ministro de Economía, Luis de Guindos, quien aseguró que las entidades podrán hacer frente a la sentencia de la Justicia europea. El Banco de España estima en unos 4.000 millones de euros el impacto para las entidades financieras.
El también ministro de Educación ha recordado que a principios del año 2013 el Gobierno hizo una modificación de las normas hipotecarias que hubiera evitado el problema de las cláusulas suelo, en su opinión, si hubiera estado en vigor antes al exigir que la escritura pública incluya, junto a la firma del cliente, una expresión manuscrita en la que manifieste que ha sido adecuadamente advertido de los posibles riesgos derivados del préstamo, informa Efe.
La sentencia no se aplicará en todos los casos igual
Juristas consultados por Europa Press han explicado que la resolución jurídica de Europa se aplicará de forma distinta si la hipoteca ha vencido o si el caso está judicializado.
En el primero de los casos habría que analizar si cabe o no la declaración de nulidad con efectos retroactivos, en cuyo caso los afectados -de no ser satisfechos directamente por el banco al que reclamen- irán al juez y previsiblemente serán indemnizados en la cantidad que pagaron de más durante todos los años que estuvieron pagando el préstamo.
En el supuesto de que las hipotecas aún pendientes habrá que distinguir entre los casos que ya han sido llevados a los tribunales y los que aún no. Los ciudadanos que ya han obtenido una resolución firme ya no tienen nada que hacer, según las mismas fuentes, mientras que en el caso de los segundos sí podrá aplicarse la doctrina sentada por el TJUE.
Si el afectado no ha iniciado ningún procedimiento judicial sobre el asunto podría acogerse a una solución extrajudicial, como podría ser el arbitraje de consumo, en el caso de que este llegue a aprobarse.
Lo que parece difícil a primera vista es conocer qué porcentaje de afectados por las cláusulas suelo pertenecen a uno u otro grupo.