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Año y medio de prisión para el expresidente de la Generalitat valenciana y de Bancaja José Luis Olivas por falsificar una factura

  • Olivas es multado además con 151.800 euros, casi lo defraudado
  • Cotino pagó a Olivas 500.000 euros por un trabajó que no realizó
  • El empresario Vicente Cotino recibe la misma condena que el político

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El expresidente de Bancaja, del Banco de Valencia y exvicepresidente de Bankia José Luis Olivas , en una imagen de 2014.
El expresidente de Bancaja, del Banco de Valencia y exvicepresidente de Bankia José Luis Olivas , en una imagen de 2014.

El Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia ha condenado a un año y medio de prisión al expresidente de la Generalitat y de Bancaja José Luis Olivas por falsedad y delito contra la Hacienda pública, y a una multa de 151.800 euros, ha informado este viernes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Asimismo, la jueza impone la misma pena al empresario Vicente Cotino, quien pagó a Olivas 500.000 euros por un trabajo que nunca realizó y eludió así 150.000 euros en impuestos.

Olivas ha sido condenado por emitir, a través de su empresa Imarol SL, una factura falsa para justificar un ingreso de 500.000 euros por unos servicios de asesoramiento que nunca llegó a prestar a la empresa Sedesa Inversiones.

La entrega del dinero, "cuya causa y finalidad se desconoce" según recoge la sentencia, la efectuó el empresario Vicente Cotino, a través de su empresa Sedesa Inversiones, que también ha sido condenado a la misma pena por computar ese pago (500.000 más 80.000 euros de IVA) como gasto deducible en su liquidación del Impuesto de Sociedades.

De esta forma, añade, redujo "de forma fraudulenta la base imponible del Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2008", dejando así de ingresar a la Hacienda Pública 150.000 euros.

Por su parte, la mujer de Olivas,  Mercedes Álvarez, acusada en el procedimiento por la Abogacía del Estado, ha sido absuelta al no estar suficientemente acreditado que participara en idear y ejecutar la factura irregular de su marido, que ella firmó cinco años después de emitirse. La jueza aplica la atenuante simple de dilaciones indebidas.