El juez procesa a seis hijos de Ruiz-Mateos y exculpa a su viuda por la estafa de Nueva Rumasa
- Concluye la investigación sobre el presunto fraude en la emisión de pagarés
- Más de 4.000 inversores aportaron más de 337 millones de euros al grupo
- El magistrado señala que Nueva Rumasa carecía de sustento real entonces
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha concluido la investigación sobre el presunto fraude en la emisión de pagarés por parte de Nueva Rumasa y ha dictado un auto de transformación a procedimiento abreviado en el que procede contra 15 personas, entre ellas seis hijos del fallecido empresario José María Ruiz-Mateos -Zoilo, Pablo, Alvaro, Francisco Javier, José María y Alfonso Ruiz-Mateos Rivero-, Ángel de Cabo y otras ocho por delitos continuado de estafa cualificada, alzamiento de bienes, blanqueo de capitales y contra la Hacienda pública.
En el mismo auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 sobresee la causa respecto de seis personas, entre ellas la viuda de Ruiz-Mateos, Teresa Rivero Sánchez, y da traslado del más de medio centenar de acusaciones personadas en este procedimiento para que formulen escrito de acusación, sobreseimiento o la práctica de diligencias con carácter excepcional.
De la Mata explica en su resolución como en 2009, ante las circunstancias de práctica insolvencia que presentaban las empresas del Grupo Nueva Rumasa, sus responsables decidieron captar fondos con los que poder revertir esa situación y también aplicarlos en su propio beneficio, apelando para ello al ahorro del público mediante agresivas campañas en los medios de comunicación, en las que ofrecían a sus clientes invertir en sus sociedades productivas más conocidas.
Para ello ofrecían retribuir esas inversiones con elevados intereses, y mostraron una imagen de solvencia y bonanza empresarial del Grupo Nueva Rumasa que en ese momento carecía de sustento real.
Captados más de 337 millones de euros
Según el auto, el mecanismo ideado por los hermanos Ruiz Mateos Rivero, su padre y Manuel Sánchez Marín, consistió en la obtención de préstamos de los inversores cuya devolución junto con el abono de los intereses se garantizaría mediante la entrega de 'pagarés de empresa' o 'pagarés corporativos' no a la orden, emitidos y generalmente avalados por sociedades del Grupo Nueva Rumasa, aprovechando la confianza que los consumidores venían depositando en los productos comercializados por sus empresas con mayor presencia en el mercado bajo marcas conocidas que se incluían estratégicamente en la publicidad.
Para obviar el control que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) pudiera ejercer sobre ese mecanismo de financiación, los investigados establecieron como condición que la inversión mínima fuera de 50.000 euros. Según el auto, el número total de inversores, según sus propios responsables fue, al menos, de 4.110 personas y el importe total de los fondos captados fue de 337,37 millones de euros.
El análisis de las cuentas bancarias por parte del auxilio judicial, dice el juez, ha permitido identificar la entrada en las cuentas de Grupo Nueva Rumasa de, al menos, 243.476.514 euros procedentes de los adquirentes de pagarés entre febrero de 2009 y febrero de 2011.
El importe de los intereses con que debían retribuirse tales fondos era de casi 48 millones. Por tanto, para hacer frente a esos compromisos de pago se emitieron pagarés por parte de 13 sociedades del Grupo Nueva Rumasa por un importe total de 385,35 millones, de los que solo llegaron a abonarse 96.23 millones, quedando sin pagar más de 289 millones, señala la resolución judicial.
Los fondos captados a los inversores se destinaban casi en su totalidad a una caja común desde las que se redistribuía al todas las sociedades del Grupo Nueva Rumasa, en cuya estructura empresarial se encontraba también un sector internacional, integrado por un centenar de sociedades extranjeras con domicilio en varios países de nula o baja tributación, con el objetivo fundamental de obtener la mayor opacidad para proteger las propiedades inmobiliarias y las marcas comerciales más relevantes del Grupo.
El juez señala el elevado grado de opacidad del entramado
En el mismo auto, el juez procede también contra 89 sociedades como responsables civiles y otras 2 como partícipes a título lucrativo, en cuanto que participaban de una gestión común dirigida a un mismo fin, según el magistrado, puesta al servicio del Grupo, que funcionaba como una sola empresa a efectos financieros y de responsabilidad empresarial.
La pertenencia de sociedades mercantiles a otras sociedades extranjeras, unido al empleo de testaferros y despachos fiduciarios, argumenta De la Mata, "no tenía más finalidad que dotar a todo el entramado de un considerable grado de opacidad estando bien claro en todo momento que el mismo pertenece en última instancia a la familia Ruiz-Mateos".
Además de contra los seis hijos de Ruiz-Mateos y Ángel de Cabo, el instructor concluye que existen indicios delictivos contra Zoilo Pazos Jiménez, Alfonso Barón Rivero, Manuel Sánchez Marín, José Ramón Romero López, Ricardo Alvarez Castaño, Rufino Romero de la Rosa, Fernando Juan Lavernia Sánchés e Iván Manuel Losada Castell. La causa queda sobreseída para Teresa Rivero, Alfonso Espinosa, Javier Bertolá, María Eugenia Grajales, María del Carmen Romero y Miguel Monje.
En su auto da traslado al Fiscal y a las partes acusadoras para que en el plazo de 30 días naturales soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación o bien el sobreseimiento de la causa. Reitera asimismo sendas peticiones de prueba al Banco Sabadell para que informe el numero de cuentas en las que se ingresaron seis cheques y se identifique a sus titulares y a un juzgado de Barcelona para que le haga llegar un informe realizado por la administración concursal respecto de Cavas Hill S.A. Contra esta resolución cabe recurso de reforma, en un plazo de tres días, y/o, en su caso, recurso de apelación.