Los expertos piden esperar al fallo sobre la indemnización de interinos y ven un error en la sentencia del TJUE
- El Supremo y el TJUE tienen dos casos pendientes de sentencia
- Coinciden en acotar la limitación temporal de estos contratos
- Un grupo propone equiparar la indemnización a la de indefinidos
- Consulta el documento preliminar de los expertos (.pdf)
La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha recibido este viernes el informe del grupo de expertos nombrado por el Gobierno, los sindicatos CC.OO. y UGT y las patronales CEOE y Cepyme para analizar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que insta a España a equiparar la indemnización de los trabajadores interinos con la de los indefinidos.
Los seis expertos que constituyen este grupo coinciden en la necesidad de realizar una "revisión profunda" del contrato de interinidad que pase por establecer límites temporales "estrictos" para su utilización y mejorar los mecanismos de lucha contra el fraude con estos contratos, aunque para mejorar su regulación recomiendan esperar a dos sentencias pendientes del Tribunal Supremo y el Tribunal de Jusiticia de la Unión Europea que fijen un critierio y que su dictamen no entre en contradicción.
En cualquier caso, señalan que el TJUE considera que "cuando afirma que la normativa española deniega "cualquier indemnización" por finalización de contrato al trabajador interino desconocen las que corresponden al despido improcedente y al procedente por causas objetivas en la normativa española.
Revisión del contrato de interinidad
La legislación actual no contempla ninguna indemnización para los interinos al acabar su contrato pero sí para los trabajadores temporales (12 días por año). Ahora bien, cuando entran en juego las causas, la cosa cambia, pues si el interino es despedido por causas objetivas tiene derecho a una indemnización de 20 días por año y si el despido es improcedente, de 33 días por año de servicio.
Los expertos señalan que las alternativas que se han estado barajando para indemnizar a los interinos por la finalización de su contrato (20 y 12 días por año de servicio) "tienen su reflejo" en las posiciones de sus distintos miembros.
Pero está por ver si los nuevos pronunciamientos judiciales que se esperan sobre este tema (Tribunal Supremo y de nuevo el TJUE) acaban determinando que la indemnización que se da en España a los temporales (12 días) debe equipararse a la que reciben los indefinidos por causas objetivas (20 días). En ese caso, la de los interinos también debería equipararse a la nueva cuantía y ser de 20 días.
A la espera de decisiones judiciales
La "mayor parte" del grupo de expertos deja abierta la formulación de su propuesta definitiva para más adelante, hasta que se vuelvan a pronunciar el Tribunal Supremo y el TJUE sobre esta materia, ya que entienden que la sentencia del 14 de septiembre emitida por el TJUE contiene "ambigüedades, no refleja correctamente la realidad del ordenamiento jurídico español y no ha dado una respuesta suficientemente precisa y segura" al tema debatido.
"Actuar de otro modo, anticipando una propuesta, incluso basada en el diálogo social cuando la cuestión está aún 'sub judice', correría el riesgo de provocar decisiones normativas que más tarde podrían entrar en contradicción con lo decidido en las citadas instancias jurisdiccionales", aseguran.
Otra parte del grupo de expertos considera que podría tomarse en consideración, en el marco del diálogo social y de la negociación colectiva, una reforma del Estatuto de los Trabajadores para acabar con la inseguridad jurídica y establecer una indemnización, por fin del contrato de interinidad, que "podría ser de 20 días por año". Esta tesis coincide con el planteamiento que realizaron los sindicatos tras conocerse la sentencia.
El lunes se analizará en la Mesa de Diálogo Social
Fátima Báñez ha agradecido el trabajo que han llevado a cabo el grupo de seis expertos laboralistas, y remitirá sus conclusiones a la Mesa de Diálogo Social para la Agenda Integral por la Calidad en el Empleo, convocada el próximo lunes.
Desde la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) consideran que "el déficit de las plantillas y el abuso de la interinidad no puede demorarse más" y creen que hay que limitar el interinaje a entre dos y tres años, establecer la obligación de crear una plaza cuando se detecte una necesidad estructural, modificar las tasas de reposición para ampliar la oferta de empleo público y convocar ofertas de empleo público acordes a las necesidades de las plantillas.
CC.OO. y UGT creen que la comisión de expertos que ha analizado la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que instaba a equipar la indemnización de los trabajadores interinos con la de los indefinidos, ha "desaprovechado" la oportunidad de abordar "aspectos más amplios" como la equiparación de los derechos entre estos trabajadores y los indefinidos.
Sentencia Diego Porras
La sentencia del TJUE resuelve el caso de una ciudadana española, Ana de Diego Porras, contratada por el Ministerio de Defensa en 2003 y que perdió su puesto de trabajo nueve años más tarde, después de que la persona a la que sustituía, una liberada sindical, se viera obligada a volver a su empleo.
La trabajadora alegó que sus contratos de interinidad se realizaron en fraude de ley y que su relación laboral debía convertirse en indefinida y, por lo tanto, con derecho a indemnización.
El Tribunal Europeo dictaminó que no se podía discriminar a los trabajadores temporales respecto a los indefinidos en las indemnizaciones por fin de contrato y que la trabajadora, al realizar las mismas tareas que la sustituida, debía tener derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado.