La juez dicta la apertura de juicio oral contra la excúpula de Abengoa por las indemnizaciones millonarias
- La Fiscalía pide cinco años de cárcel para el expresidente Felipe Benjumea
- Para el exconsejero delegado Sánchez Ortega pide cuatro años y tres meses
- Otros tres acusados se enfrentan a tres años y seis meses de cárcel
- Para todos pide 10 años de inhabilitación por un delito de administración desleal
- La Audiencia Nacional da 24 horas a los cinco para pagar sus fianzas
La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha acordado la apertura de juicio oral contra el expresidente de Abengoa a los que atribuye un delito de administración desleal por las indemnizaciones millonarias que recibieron tras cesar de sus cargos en la compañía.
La magistrada, que acordó el procesamiento el pasado 13 de enero, también ha enviado al banquillo a la expresidenta de la comisión de Nombramientos y Retribuciones Mercedes Gracia, a la exconsejera Alicia Velarde y al expresidente de Abengoa Antonio Fornieles, quienes integraban y asistieron a la reunión de la Comisión de Nombramientos en la que se acordó el pago de las indemnizaciones investigadas.
En septiembre de 2015, cuando se formalizó la aparente salida de la entidad de Benjumea y Sánchez Ortega, se les concedieron unas indemnizaciones por cese anticipado que la instructora considera que "no parecen acordes con los resultados empresariales de la sociedad" que sólo dos meses después, el 25 de noviembre, presentó en los juzgados mercantiles una solicitud de preconcurso de acreedores.
Multas, penas de cárcel y fianzas
El Ministerio Fiscal solicita para Benjumea cinco años de cárcel y multa de diez meses, con una cuota diaria de 300 euros (aproximadamente, 90.000 euros), en tanto que para Sánchez Ortega pide cuatro años y tres meses de prisión y 72.000 euros de multa.
Los tres miembros de la comisión, Gracia, Velarde y Fornieles, hacen frente a una petición de tres años y seis meses de prisión; además, el fiscal del caso, José Perals, reclama que se inhabilite a todos para el ejercicio de cargo en un consejo de administración durante los próximos diez años.
Asimismo, en el auto, la juez requiere a Benjumea, Gracia Diez, Velarde y Fornieles para que en el plazo de 24 horas presten fianza por responsabilidad civil, de forma conjunta y solidaria, por un total de 3.429.200 euros. Una cantidad que, según explica la Audiencia Nacional, resulta de restar a la fianza de 14.929.200 euros que se le impone al primero la cantidad ya afianzada por el propio Benjumea, de 11.500.000 euros.
En el caso de Sánchez Ortega, la magistrada también le requiere para que en el plazo de 24 horas preste fianza por 1.329.200 euros, cantidad que resulta de restar a la fianza de 5.829.200 euros que se le impone los 4.500.000 que ya afianzó a lo largo del procedimiento.
Las indemnizaciones "no parecen acordes con los resultados de la sociedad"
Los hechos se remontan a septiembre de 2015, cuando se formalizó la aparente salida de la entidad de Benjumea y Sánchez Ortega, se les concedieron unas indemnizaciones por cese anticipado de 11,4 y 4,5 millones de euros, unas cantidades que la instructora considera que "no parecen acordes con los resultados empresariales de la sociedad" en aquel momento.
Sólo dos meses después, el 25 de noviembre, Abengoa presentaba en los juzgados mercantiles una solicitud de preconcurso de acreedores, lo que motivó la interposición de acciones legales por parte de los bonistas de la compañía.
En el auto de procesamiento, Lamela puntualizaba que ni Benjumea ni Sánchez Ortega se desvincularon totalmente de Abengoa, ya que un mes después de dejar su cargo, Ortega firmó un contrato de prestación de servicios por el que seguiría cobrando la remuneración que le correspondería como consejero delegado y Benjumea fue nombrado consejero dominical y presidente no ejecutivo en la misma reunión en la que fue cesado, cargos por los que recibiría una retribución bruta anual de 1.086.000 anual y mantendría su cotización a la Seguridad Social.
Estos vínculos suponen que la relación contractual de ambos "no se había extinguido", precisaba la juez, por lo que no cabe aceptar que tuvieran que recibir indemnización alguna.
Según la titular del juzgado central de Instrucción número 3, de lo que se trató es de que "Benjumea recibiera una cantidad de dinero extremadamente importante, máxime en un momento tan delicado por el que pasaba Abengoa, y le fueran respetados el máxime de derechos dentro de la sociedad como sueldo base, medios materiales, cotizaciones y seguros".