Mas sostiene que el Constitucional no informó de los defectos legales de la consulta del 9N
- El expresidente de la Generalitat declara como testigo en el juicio a Homs
- Asegura que pidieron al TC, sin respuesta, que aclarase qué había que suspender
- Mas asegura que el proceso participativo fue "muy diferente" a una consulta
El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas, ha declarado este martes como testigo ante el Tribunal Supremo (TS) en el juicio contra Francesc Homs por desobediencia en el N9. En la misma línea que siguió este lunes el exconseller de Presidencia catalán, Mas ha asegurado que la notificación del Tribunal Constitucional (TC) no recogía íntegramente la petición del Gobierno de suspender la consulta.
"En lo único en lo que el TC tenía margen, que era advertir de los defectos legales del proceso, nunca llegó notificación. El TC no lo recogió en el correo electrónico y era una parte fundamental del recurso del Gobierno", ha sostenido el expresidente catalán.
Además, ha asegurado que, salvo ese correo electrónico y una nota por correo ordinario con el mismo contenido al día siguiente, el Gobierno de Cataluña no volvió a recibir notificación alguna por parte del Constitucional.
Disconformidad con la notificación
En su declaración como testigo ante el TS, Mas ha confirmado que el día 14 de octubre el Gobierno de la Generalitat recibió un correo electrónico dirigido a él como Presidente, en el que se informada de que "a petición del Gobierno se suspendía la consulta y todos los actos relacionados. Comprobamos si recogía íntegramente la petición del Gobierno y vimos que no", ha asegurado Mas.
El expresidente catalán ha explicado que ese correo, y la posterior carta del día siguiente con el mismo contenido, no explicaban los inconvenientes legales de la consulta. "Es un defecto de forma muy determinante para el presunto delito de desobediencia que se está juzgando, pero no me voy a escudar en temas formales", ha reconocido Mas.
"Nosotros acordamos presentar un recurso ante el TS, porque entendíamos que el Gobierno había cometido un abuso de poder invocando este artículo de la constitución que le permite suspender cualquier norma", algo que ya recordó este lunes Francesc Homs. "Además, formulamos un recurso de súplica ante el Constitucional para que nos aclararan qué era lo que había que suspender. Lo enviamos al TC y no recibimos respuesta", ha declarado Mas,.
El testigo ha destacado, además, que de ahí en adelante, hasta más allá del 25 de noviembre," día de clausura del proceso participativo, la única notificación que recibimos fue la providencia del Constitucional. Hubo mucho tiempo para que alguien se acordara de que aquello podría suponer un gran delito, como parece ser que se juzga ahora", ha concluido.
El proceso participativo, diferente a la consulta
Preguntado por la fiscal sobre la suspensión de la consulta y el realización del posterior proceso participativo, el expresidente Mas ha asegurado que el primer intento del Parlament fue negociar con el Parlamento español los términos de la consulta. "Se intentó el pacto y fue desoído, no por responsabilidad de la parte catalana. Y a partir de ahí se empezó a crear un marco conforme a las competencias de la Generalitat para crear un proceso participativo. Yo como President me debía al Parlamento, e intervine para cumplir con los mandatos del Parlament que me había elegido".
"El Parlamento Catalán aprobó una ley de consultas por vía no referendaria, porque sabíamos que eso era competencia del Estado. Gobierno y Constitucional fulminaron de inmediato la norma y cuando recibimos la notificación paramos la consulta", ha declarado Mas, que ha explicado que se entró en una situación de conflicto político en el que el Parlament respaldaba con mayoría absoluta la consulta, pero ésta había quedado anulada.
Sobre las diferencias y similitudes entre el posterior proceso participativo y la consulta inicialmente prevista, el expresidente catalán ha asegurado que "la única similitud es que ni la consulta ni el proceso tenían efectos legales vinculantes. Estábamos apelando al ejercicio de derechos fundamentales, de participación, libertad de expresión, libertad ideológica, pero sin consecuencias vinculantes legalmente".
Las tres diferencias que ha subrayado Mas entre consulta y proceso han sido el censo -preexistente en la consulta, y construido a partir del 9N en el proceso-, la duración -un día en la consulta inicial, más de 15 en el proceso-, y la organización, que en la consulta estaba previsto que corriera de parte de la Generalitat, mientras que en el proceso participativo "fueron 42.000 voluntariosy 942 de los 947 ayuntamientos de Cataluña. En la consulta inicial no hubiera sido