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El juez permite a la etarra Majarenas salir de la cárcel para convivir con su hija, que fue acuchillada por su padre

  • Se autoriza el segundo grado para que conviva con la niña en una Fundación
  • La niña cumple tres años, la edad máxima para estar en prisión con su madre
  • La decisión atiende lo excepcional de caso y la "vulnerabilidad" de la pequeña
  • Se ha tenido en cuenta que Majarenas se desvinculó de ETA y pidió perdón

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La etarra Sara Majarenas, en una imagen de 2007, cuando fue juzgada en la Audiencia Nacional
La etarra Sara Majarenas, en una imagen de 2007, cuando fue juzgada en la Audiencia Nacional.

La Audiencia Nacional ha autorizado este jueves la salida de prisión de la etarra Sara Majarenas para que viva con su hija en la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos, que presta apoyo a presos necesitados cuando disfrutan de permisos y semilibertad, según ha ordenado el juez de Vigilancia Penitenciaria José Luis Castro.

Con el informe favorable de la Junta de Tratamiento, el magistrado ha acordado que la antigua miembro del 'comando Levante' de ETA disfrute de un segundo grado ya que, al recibir el acogimiento, recibirá "el apoyo y afecto que necesitan madre e hija para solventar las dificultades que derivarían de una separación" que da prioridad a la protección de la menor, que cumple este jueves tres años, y que fue acuchillada por su padre en Valencia.

Majarenas fue condenada a 13 años y diez meses de prisión por ser miembro del 'comando Levante' de ETA tras ser detenida en 2005. El padre de la niña, de nacionalidad etíope, se personó en el retén de la Policía Local de Benifaió, en Valencia, donde confesó que había matado a su hija, si bien luego se comprobó que sufría heridas graves.

En la vivienda encontraron a la niña, de tres años, con heridas de arma blanca en el tórax, que le había producido una perforación de pulmón; en la espalda y en la mano izquierda.

La niña está hasta ahora en la prisión de Picassent con la madre de lunes a viernes, en un régimen especial que permite que las presas tengan a sus hijos con ellas y algunos fines de semana se iba al domicilio con el padre, que se halla en prisión provisional por estos hechos.

Caso excepcional por la "vulnerabilidad" de la niña

En su auto, el juez aplica a Majarenas el "principio de flexibilización" del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, al considerar que la menor cumple la edad máxima para permanecer en un centro penitenciario, lo que generaría separación en su madre.

Por ello, "a fin de dar contenido a dicho principio de flexibilidad debe tenerse en cuenta la acogida que ofrece la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos, que actualmente tiene plazas vacantes para recibir a madres con hijos, clasificados en tercer grado".

Para adoptar esta decisión, el juez tiene en cuenta en su auto las circunstancias excepcionales que tienen en este momento madre e hija y un informe del equipo técnico del juzgado que ratifica la necesidad de que estén juntas, "máxime en un caso tan excepcional como el que nos ocupa en que la situación de vulnerabilidad de la pequeña viene provocada por la bestial agresión".

Además, el juez valora un escrito de Majarenas del 6 de febrero en el que manifiesta su arrepentimiento y reconoce el daño causado y destaca que su prioridad y objetivo ahora es el cuidado de su hija.

Para otorgarle la clasificación al segundo grado, ha sido también decisivo "el avanzado estado del cumplimiento de la condena, que ha sido su primer ingreso en prisión y la ausencia de expedientes disciplinarios.