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Condenan a cuatro años de cárcel al ex director general de CAI y su número dos por apropiación indebida agravada

  • La Audiencia de Zaragoza señala la "persistente ideación delictiva" de ambos
  • También condena por el mismo delito a su socio, Ramón Marrero
  • La sentencia obliga a los tres pagar sendas multas de 3.600 euros
  • También impone indemnizaciones por cerca de 7 millones de euros

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El ex director general de Caja Inmaculada, Tomás García Montes, el subdirector de la entidad y el socio de la caja en negocios inmobiliarios en Andalucía y exconsejero socialista en la comunidad autónoma, Ramón Marrero
El ex director general de Caja Inmaculada, Tomás García Montes, el subdirector de la entidad y el socio de la caja en negocios inmobiliarios en Andalucía y exconsejero socialista en la comunidad autónoma, Ramón Marrero, en una imagen de archivo.

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a cuatro años de cárcel al ex director general de la desaparecida Caja Inmaculada (CAI) Tomás García Montes, a su subdirector (J.A) y Ramón Marrero, exconsejero socialista de la Junta de Andalucía y socio de ambos por un delito de apropiación indebida agravada.

En la sentencia se les impone el pago de sendas multas de 3.600 euros a cada uno, a razón de 10 euros por día durante 12 meses, y de indemnizaciones por diversos conceptos que en conjunto rozan los 7 millones de euros (6.927.915), pero los absuelve de los delitos de administración desleal y estafa continuada. Además, según recoge Europa Press,  los tres deberán pagar las costas del juicio.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo dentro del plazo de cinco días tras la notificación de la misma.

"Persistente ideación delictiva"

Según el documento, los hechos probados son que los tres, que crearon una "persistente ideación delictiva", se aprovecharon de su posición la entidad financiera para adquirir inmuebles a precios muy inferiores a los del mercado y conseguir créditos sin las garantías necesarias, todo lo cual causó un daño patrimonial a distintas sociedades dependientes de la extinta caja.

La sentencia destaca la "manera opaca y personalista con que Tomás García Montes ejercía su cargo" así como la falta de transparencia, motivos por los que fue apartado del mismo por el Consejo de Administración en 2009, y la "elevada concentración del crédito y de las inversiones de la CAI en el sector de la promoción y construcción inmobiliaria".

En cuanto a J.A, que abandonó el Consejo de Administración cinco meses después que García Montes, la sentencia lo identifica como "la mano derecha" de este "en todas las operaciones inmobiliarias realizadas por la CAI en el centro y sur de España"; y, en este sentido, considera probado que Arcai, una sociedad participada mayoritariamente por CAI Inmuebles, abonó parte del coste de un viaje de las tres familias a Egipto, cuyo importe total fue de 200.000 euros.

Por otra parte, también queda probado que al abogado de Marrero se le concedió un crédito que éste pudo amortizar aportando un inmueble cuyo valor real era muy inferior del que se tasó para formalizar el préstamo.

La causa se inició a raíz de la interposición en 2012 por parte de la CAI, que ahora forma parte de Ibercaja, de una denuncia contra los exdirectivos de la entidad por presuntos delitos de apropiación indebida y administración desleal, a la que posteriormente se sumó la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), sindicato de las antiguas cajas.

Reparto de indemnizaciones

Según la información de la sentencia recogida por Europa Press, los tres deberán abonar conjunta y solidariamente 90.059 euros a la sociedad mercantil El Soto de Vistahermosa,  45.230,49 euros a la mercantil Golf El Puerto y 60.000 euros a Arcai Inmuebles por los gastos del mencionado viaje a Egipto.

También tendrán que indemnizar a esta última con la cantidad de 597.000 euros por la responsabilidad civil derivada del delito continuado de apropiación indebida por compraventas de participaciones sociales.

Igualmente, deberán indemnizar a la sociedad mercantil CAI Inmuebles con la cantidad de 5.681.000 euros como responsabilidad civil derivada del delito de apropiación indebida agravada por la compraventa de los dos activos inmobiliarios hipervalorados.

Asimismo, García Montes y Marrero tendrán que indemnizar de forma conjunta y solidaria con 233.155 euros a la sociedad mercantil El Soto de Vistahermosa por la venta del apartamento a Tomás García Montes.