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El Congreso convalida el real decreto que prorroga la moratoria antidesahucios hasta 2020

  • La prórroga afecta a familias vulnerables y les permite recuperar la vivienda
  • El nuevo texto amplía el concepto de familias vulnerables y sus derechos
  • La convalidación se aprueba sin ningún voto en contra y 77 abstenciones

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Una familia desahuciada en Andalucía
Una familia desahuciada en Andalucía

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó este jueves con 237 votos a favor, ninguno en contra y 77 abstenciones el decreto ley que recoge la prórroga hasta el año 2020 de la medida por la que se suspenden los desahucios de vivienda habitual para familias en situación de vulnerabilidad.

Durante la sesión plenaria, el ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, defendió el decreto y aseguró que, pese a las "importantes" iniciativas adoptadas por el Ejecutivo para hacer frente a los desahucios, la "persistencia" de las dificultades económicas "hace necesario seguir tomando medidas de alivio".

Según De Guindos, el Gobierno ha adoptado estas medidas "con prudencia para no perturbar el buen funcionamiento del mercado hipotecario". El ministro repitió que prueba de que el mercado hipotecario en España ha funcionado bien es que más del 80% de las familias cuenta con una vivienda en propiedad.

Expresó su reconocimiento a los grupos parlamentarios por su contribución "a la mejora del texto", lo que muestra "el espíritu de colaboración" de los distintos grupos.

El decreto amplía el concepto de familias vulnerables

En el decreto se recoge también una ampliación del concepto de familias vulnerables, hasta ahora aquellas con hijos menores de tres años, a unidades familiares con hijos menores de edad.

También se recoge ahora como beneficiarios la unidad familiar monoparental con hijos a cargo, en vez de con dos hijos, y se amplía el supuesto de situación de desempleo, al eliminarse el requisito de haber agotado las prestaciones.

Por otra parte, con esta norma se amplía al Código de Buenas Prácticas el criterio de unidad familiar en que exista una víctima de violencia de género y los hogares en los que convivan una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia o enfermedad grave.

El Código establece la opción del alquiler de la vivienda

En otro bloque de medidas se introduce en el Código de Buenas Prácticas la opción de alquiler de la vivienda habitual ejecutada y se establece que el precio máximo anual del alquiler será el 3% del valor de la vivienda. El arrendamiento tendrá una duración de cinco años, prorrogable otros cinco.

Además, el Gobierno, en el plazo de ocho meses desde la entrada en vigor del real decreto, propondrá medidas destinadas a facilitar la recuperación de la propiedad de la vivienda habitual por los deudores hipotecarios incluidos en el ámbito de aplicación de la ley de suspensión de lanzamientos.