Mas pide al Supremo que su inhabilitación por 9N no le impida ir a elecciones
- El Alto Tribunal le inhabilitó dos años por mantener la consulta soberanista del 9N
- El expresidente catalán alega que fue juzgado por el desempeño de su cargo
- La Fiscalía desiste de su recurso para aumentar la condena de Artur Mas
El expresidente de la Generalitat Artur Mas ha pedido al Tribunal Supremo que revoque su condena de dos años de inhabilitación por mantener la consulta soberanista del 9N de 2014 y, en caso de no absolverle, que no le impida concurrir como candidato en procesos electorales.
En su recurso ante el Supremo, al que ha tenido acceso Efe, Mas alega que fue juzgado "en su condición de presidente de la Generalitat" en relación al "desempeño de las funciones de gobierno inherentes" a su cargo, por lo que entiende que "ninguna" de las actuaciones por las que fue condenado estaban relacionadas con las funciones propias de un parlamentario u otro puesto electo.
Para la el abogado de Mas, Xavier Melero, la sentencia de inhabilitación que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) debería aplicarse solo para el cargo que ostentaba en el momento de la desobediencia y las funciones que "habrían sido objeto de pretendido abuso", y no para cualquier otro cargo público, lo que, a su juicio, supone una "pena excesiva" por la "amplitud" de la inhabilitación y ocasiona un "sacrificio desproporcionado para el expresidente catalán.
Por este motivo, pide en el recurso que, en caso de no revocar la condena, se suprima de la sentencia emitida por el TSJC la referencia a que la pena de dos años de inhabilitación sea extensiva a "todo el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito local, autonómico o estatal".
Para la defensa de Artur Mas, la condena del TSJC comporta que los fines preventivos de la pena de inhabilitación especial "acaban siendo substituidos por la inocuización política" de Mas, al prohibirle de manera general acceder a cargos de elección directa.
La Sala tiene ya sobre la mesa los recursos presentados tanto por Mas como por las defensas de Rigau y Ortega, que alegan que en este caso se han vulnerado derechos fundamentales amparados por la Constitución como la libertad ideológica, la participación en asuntos públicos y el acceso a cargos públicos. Reclaman por ello la libre absolución de los exmandatarios catalanes.
La Fiscalía renuncia al recurso para elevar la condena
Por otra parte, la Fiscalía del Tribunal Supremo ha comunicado que, en contra de lo que había anunciado, desiste de su recurso de casación para que Mas y las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau, también condenadas por el TSJC, fueran también condenados por prevaricación administrativa.
La razón de la renuncia a este recurso es que la Fiscalía considera poco probable esta sanción, a la vista de que el Supremo ya absolvió de este delito al exconseller y diputado del PDECat Francesc Homs, al que juzgó como aforado por los mismos hechos, y al que se condenó a una inhabilitación de 13 meses por mantener la consulta del 9N.
Sin embargo, la sentencia de Homs del Tribunal Supremo argumentó que no se dan los requisitos exigidos para condenar con fundamento en las omisiones del acusado que permitieron el desarrollo del proceso de participación. Razona que cada una de esas omisiones son secuencias de una desobediencia más amplia, la que impulsó a Francesc Homs a menospreciar el mandato del Tribunal Constitucional.
En este sentido, la supuesta prevaricación solo sería una conducta omisiva más de las que siguió Homs al desobeder la sentencia del Constitucional, y no se podría fragmentar artificialmente del conjunto de sus acciones para acusarle por separado de este delito. Tras conocer estos argumentos, la Fiscalía desiste de su recurso ante el Tribunal Supremo.