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Las eléctricas comienzan a refacturar los recibos de la luz de los clientes del mercado regulado

  • Esto puede provocar un pago extraordinario para muchos consumidores
  • El periodo a revisar comprende de abril de 2014 a diciembre de 2016

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Un consumidor pulsa un interruptor de un cuadro eléctrico
Un consumidor pulsa un interruptor de un cuadro eléctrico.

Las eléctricas ya han empezado a refacturar los recibos de la luz emitidos entre abril de 2014 y diciembre de 2016 de los clientes acogidos a la tarifa regulada (PVPC). Esto provocará que los consumidores vean en los próximos meses cómo en la mayoría de los casos tienen que abonar una cantidad extra -Facua denuncia incrementos de hasta el 50%-, aunque a otros puede ser que se les devuelva. Las compañías están aplicando la nueva metodología para calcular el margen que cobran las comercializadoras de la PVPC que aprobó el Gobierno, algo que hizo obligado por una sentencia del Supremo, y que tiene en cuenta el consumo real.

¿Cuánto me va a costar?

Según los cálculos efectuados por el Gobierno el pasado mes de noviembre, un consumidor medio con una potencia contratada de 4,4 kilovatios (kW) y una demanda anual de 3.900 kilovatios hora (kWh) deberá pagar 1,76 euros en total por todo ese periodo.

Fuentes de la compañía Endesa han asegurado a RTVE.es que el coste para un hogar que tenga una potencia contratada de 4,4 kilovatios (kW) y un consumo energético de 2.100 kilovatios hora (kWh) tendrá que abonar 0,74 euros por la refacturación de los años 2014-2016.

Otras fuentes del sector eléctrico explican que no todos los usuarios verán incrementada la factura y que en casos saldrá a devolver ya que la nueva metodología, en contra de lo que ocurría con el sistema anterior, tiene en cuenta el consumo realizado, señala Europa Press.

Sin embargo, la asociación de consumidores FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado que el recibo de la luz de los más vulnerables puede llegar a inflarse más de un 50%.

¿Pero por qué se hace esto ahora?

El Gobierno aprobó en 2014 un Real Decreto 216/2014 en el que fijó, entre otras cosas, el margen de comercialización de las eléctricas (el gasto en que incurren las compañías para la gestión de sus clientes).

El Ejecutivo estableció este margen en 4 euros al año por kilovatio de potencia contratada, un concepto que aparece en la factura eléctrica junto a los costes regulados y el coste de la energía. De esta forma, si un cliente tiene una potencia contratada de 5kW, el coste por el margen de comercialización fijo al año sería de 20 euros.

Las eléctricas recurrieron el Real Decreto al entender que no respondía a una metodología reglamentaria. El Supremo les dio la razón y obligó al Gobierno a aprobar una fórmula para calcular ese margen. Según fuentes conocedoras, ahora el margen se sitúa alrededor de 4,2 euros por kilovatio.

La refacturación que se está haciendo ahora resulta de aplicar la nueva metodología a los recibos de los años 2014-2016. El Ejecutivo aprobó que las eléctricas pudieran hacer este proceso hasta el 30 de septiembre de este año.

¿Habrá más refacturaciones?

No se sabe. Las compañías eléctricas han recurrido ante el Tribunal Supremo la forma de calcular el margen de comercialización porque entienden que es insuficiente. El Alto Tribunal aún no se ha pronunciado.

Entre otros argumentos, se apoyan en que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) concluyó en junio 2016 que el margen mínimo de comercialización debería ser de 5,24 euros al año por kilovatio contratado.

¿A quién afecta la actual?

Solo a aquellos consumidores acogidos a la PVPC en algún periodo entre abril de 2014 y diciembre de 2016, incluidos los consumidores vulnerables acogidos al bono social. A los que estuvieran en ese periodo en el mercado libre, no.

¿Y si me he ido de la PVPC?

Solo se refacturará por el tiempo que se estuvo en la PVPC. Por ejemplo, según datos ofrecidos por Endesa a RTVE.es, un consumidor con una potencia contratada de 3,3 kW y un consumo de 1.500 kilovatios al año que tuviera la tarifa regulada solo el año 2015 deberá abonar 0,44 euros.

Diferente sería que esa misma persona solo hubiera estado en la PVPC en 2016 porque entonces sería la compañía la que le tendría que devolver 0,21 euros.

¿Y si me he cambiado de empresa?

Si cambiaron de comercializadora o se dieron de baja, será la empresa que cobró las cantidades en esas fechas la que ahora les pase uno o varios recibos con la regularización, señala Facua.

Es decir, que por ley la antigua compañía puede facturar a una persona aunque ya no sea su cliente con la información que tuviera de él en su momento. Las empresas reconocen que en algunos casos podrían no cobrar la cantidad (por ejemplo si los datos ya no son válidos).

¿Cuánto tiempo tienen las empresas para hacer la refacturación?

Hasta el 30 de septiembre. Además, las comercializadoras tienen la opción de fraccionar la cuantía en varios recibos, pero pueden aplicarlo en una sola factura.

En el recibo o recibos donde se aplique la regularización debe indicarse a qué periodo corresponde ésta y los parámetros para la facturación, además de la cuantía correspondiente a la regularización y el número de facturas en que va a llevarse a cabo, señala Europa Press.

La refacturación vendrá acompañada de una carta explicativa redactada por el Gobierno cuyos términos el Supremo obligó a modificar tras denunciar las eléctricas su contenido.

Las asociaciones de consumidores recomiendan revisar el recibo de la luz, consultar dudas a las compañías y reclamar si no se está de acuerdo con la refacturación.