Rajoy deberá comparecer en persona para testificar en el juicio de Gürtel
- El tribunal del caso rechaza la petición de comparecer por videoconferencia
- Será el próximo 26 de julio a las 9.30 horas, como había solicitado Rajoy
- Lee el auto de la citación de Mariano Rajoy como testigo en el caso Gürtel (.pdf)
- El presidente del tribunal ha votado en contra de la decisión (.pdf)
El tribunal que juzga la primera época de la trama Gürtel (1999-2005) ha acordado este martes que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, comparezca como testigo de forma presencial y no por videoconferencia, como había solicitado el PP. Así, tendrá que acudir a la sala donde se sigue el proceso el próximo día 26 de julio a las 9.30 horas.
La Sala ha adoptado esta decisión con el voto en contra del presidente del tribunal, Angel Hurtado, para quien la declaración de Rajoy debía realizarse por videoconferencia.
En un auto (.pdf), el tribunal asegura que la seguridad del presidente está garantizada y rechaza el argumento de un despliegue desmesurado de medios económicos dado que la presencia de Rajoy en el juicio requiere tan sólo su desplazamiento unos 18 kilómetros hasta la sede de la Audiencia Nacional en la localidad de San Fernando de Henares (Madrid).
En este sentido, recuerda que la Audiencia Nacional cuenta con medidas de seguridad mayores que las que pueden ofrecer otras sedes institucionales o empresariales en las que Rajoy ha protagonizado actos.
Comparecencias de testigos siempre físicas
Además, apunta que las comparecencias de los testigos ante el tribunal siempre han sido de manera presencial, aunque reconoce que por los avances de la tecnología, podría permitirse hacer una prueba por videoconferencia. Sin embargo, el tribunal cree que las razones argumentadas "ni son consistentes ni tampoco son razones que impidan al testigo acudir" ante la sala.
Así, tendrá que acudir a la sede de San Fernando de Henares al entender que su presencia física asegura la "inmediación". Además, su declaración "se enmarca en la normalidad democrática". En este sentido, apunta que no comparece como presidente de la nación sino como ciudadano español.
Aunque el tribunal ha rechazado la pretensión de Rajoy de comparecer a distancia, sí que le asegura que se adoptarán "cuantas medidas sean necesarias para preservar su imagen institucional", dada su condición como presidente del Gobierno.
En cambio, lo que sí ha aceptado el tribunal es una de las dos fechas propuestas por Rajoy para testificar -había solicitado comparecer el 26 o el 27 de julio-.
El voto en contra del presidente del tribunal
Por contra, el presidente del tribunal se ha mostrado crítico con la decisión de que Rajoy no pueda comparecer por videoconferencia, pues considera que concurren las circustancias que permiten que lo haga así.
En su voto particular discrepante (.pdf), Hurtado difiere del argumento que defiende la acusación popular que justifica la presencia de Rajoy en la sala porque se le cita por unos hechos acaecidos antes de ser presidente del Gobierno.
Para Hurtado, no importa cual fuera su posición institucional en el pasado, "si la que posee actualmente es la de la suficiente relevancia como para acudir al sistema de videoconferencia".
Por ello, tampoco comparte el argumento de sus compañeros de que Rajoy no comparece como presidente sino como ciudadano español. "Sin negar que es ciudadano español, su condición institucional no debió ser obviada, sino que era razón suficiente como para acudir al mecanismo de la videoconferencia", subraya.
Los "efectos mediáticos" de la comparecencia del presidente
En este sentido, el magistrado recuerda también los "muy notables efectos mediáticos y metajurídicos" que tendría la comparecencia de un testigo como es el presidente del Gobierno en la sala de la Audiencia, así como que el propio Rajoy lo había solicitado dada su "intensa actividad" como jefe del Ejecutivo.
Y pone ademas el acento en que hay que evitar cualquier "innecesaria interferencia en la vida política del país".
Asimismo asegura que si la declaración por videoconferencia hace que se vea afectada "la inmediación" en el juicio como sostienen sus compañeros, tampoco entiende que en otras ocasiones "se hayan celebrado juicios mediante el mismo sistema, sin formular queja y oponer objeción".
Es por eso que recuerda otros casos, como el del cerco al Parlament de Cataluña, en el que testigos como el que fuera entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, compareció como testigo por videoconferencia, o el caso de las Herriko Tabernas, en las que fue uno de los acusados el que declaró también por videoconferencia.
En su voto, invoca además una sentencia del Tribunal Supremo de 2015 sobre la utilización de la videoconferencia en los juicios y que estableció "el carácter habitual y ordinario de la videoconferencia, y su generalización en lo que a prueba testifical se refiere".
Por su parte, Rajoy ha recibido la noticia de la decisión del tribunal del caso Gürtel durante la cumbre bilateral Portugal-España celebrada en la localidad lusa de Vila Real. En rueda de prensa, el presidente del Gobierno no ha hecho valoraciones al respecto y se ha limitado a reiterar su "disposición de lo que digan los tribunales".