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Archivado el caso sobre la supuesta comisión de 200.000 euros al PP de Castilla-La Mancha

  • Sobre la supuesta adjudicación irregular a Sufi de un contrato de basuras en Toledo
  • El juez considera que no se ha acreditado "entrega alguna de dinero"

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Imagen de archivo del extesorero del PP Luis Bárcenas a la salida de la Audiencia Nacional
Imagen de archivo del extesorero del PP Luis Bárcenas a la salida de la Audiencia Nacional.

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Toledo ha archivado la causa abierta de la parte del caso Bárcenas sobre la supuesta adjudicación irregular a Sufi, filial de Sacyr, de un contrato de basuras de este Ayuntamiento en 2007 a cambio de una comisión de 200.000 euros al PP de Castilla-La Mancha.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, el magistrado ha decidido el sobreseimiento de la causa al considerar que no se ha acreditado "entrega alguna de dinero" ni su "relación casual con alguna decisión adoptada por funcionarios o autoridades públicas".

Además, argumenta que no podría existir un delito de financiación ilegal de partidos porque se trata de un delito introducido en la Ley Orgánica 1/2015, es decir, fecha muy posterior al momento en que figura en el recibí que consta de las actuaciones.

Bárcenas declaró que la adjudicación del contrato de basura respondió a una donación de 200.000 euros de esa empresa para la campaña electoral autonómica de la expresidenta de Castilla-La Mancha y secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal.

En el auto, el magistrado expone que la Intervención General del Estado realizó un informe sobre la adjudicación del contrato, en el que no se observan incidencias propias del delito de prevaricación.

Explica también que, tras la firma del contrato, la Junta de Gobierno de la ciudad de Toledo ratificó un protocolo de modificación del mismo, en el que se pactaba cambiar el convenio colectivo y un aumento del precio. Unos cambios que, según el juez, "no imponía la automática modificación del precio del contrato, sino que efectuaba una mera declaración de intenciones".

Sobre el supuesto delito de cohecho, el juez expone que el gerente del partido admitió haber escrito y firmado el 'recibí' con una supuesta recepción de dinero, pero no recibir "suma económica ninguna". A juicio del magistrado, "es ilógico que una persona como el señor Cañas, licenciado en derecho", firmara "un recibí declarando percibir una suma de dinero de relevante cuantía sin que, realmente, existiera contraprestación económica".