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Estrasburgo condena a España por privar a Atutxa de un juicio justo ante el Tribunal Supremo

  • Españó privó al expresidente del Parlamento Vasco de defenderse ante la Justicia
  • Atutxa fue juzgado por el Supremo por no ilegalizar al grupo Sozialista Abertzaleak
  • La Corte europea fija una indemnización de un euro y el pago de los costas

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El ex presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, durante el juicio por negarse a disolver el grupo Sozialista Abertzaleak.
El ex presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, durante el juicio por negarse a disolver el grupo Sozialista Abertzaleak.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado este martes a España por privar al expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa de un juicio justo cuando fue condenado por el Tribunal Supremo en abril de 2008 al negarse a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003.

La Corte europea ha otorgado una indemnización de un euro a cada uno de los tres demandantes (además de Atutxa, los exmiembros de la mesa del Parlamento Kontxi Bilbao y Gorka Knörr, también condenados, al igual que él, por el Supremo) por daños morales como habían reclamado, y 600 euros para los tres por gastos y honorarios.

En su resolución, el TEDH considera que tanto Atutxa como los otros dos parlamentarios fueron privados de su derecho a someter a contradicción las acusaciones que se vertieron contra ellos, ya que fueron condenados por el alto tribunal sin que los hechos pudieran ser examinados por una instancia inferior. Los jueces de Estrasburgo no entraron en el fondo de la condena a inhabilitación, sino en la cuestión de que los tres demandantes no fueron escuchados en una vista por el Supremo.

Derecho a ser escuchados

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha comparado en la sentencia la actuación del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que absolvió a los demandantes tras escucharles, y la del Supremo, que basó su condena en "circunstancias subjetivas", sin celebrar una vista.

El Supremo les condenó en 2008 a 18 meses de inhabilitación y 18.000 euros de multa por un delito de desobediencia al propio Supremo, a causa de su negativa abierta y directa a obedecer decisiones judiciales y disolver al citado grupo parlamentario. La Junta de Portavoces de la Cámara de Vitoria había rechazado en junio de 2003 la resolución para proceder a la disolución de Sozialista Abertzaleak.

El Tribunal Constitucional se pronunció en los mismos términos que el Supremo, aunque contó con el voto particular de tres magistrados, que entendieron que se había vulnerado el derecho de los demandantes a un juicio justo.

El sindicato Manos Limpias ejerció de acusación popular en todo el proceso.

El Gobierno tiene ahora tres meses de plazo para solicitar que la Gran Sala de 17 jueces de la Corte europea reexamine el caso.