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¿Qué dice la ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república?

  • Será la "norma suprema" hasta la aprobación de la Constitución
  • Tendrá una vigencia de un año una vez gane el 'sí' en el referéndum

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El Pleno del Parlament
Los diputados aplauden tras la aprobación la Ley de Transitoriedad Jurídica en el Parlament, en Barcelona.

El Parlament de Cataluña aprobó este jueves la principal de las llamadas "leyes de desconexión" de España: la ley de transitoriedad y fundacional de la república, que se convertirá en la "norma suprema del ordenamiento jurídico" de la futura Cataluña independiente "mientras no sea aprobada la Constitución de la República" si gana el 'si' en el referéndum del 1 de octubre, según consta en el documento que se hizo público este jueves en el Boletín Oficial del Parlament.

Vigencia de la Ley de Transitoriedad

Se establece un período transitorio de un año aproximadamente hasta la creación de una Constitución catalana. Durante ese tiempo, tendrá vigencia la ley de transitoriedad, que permitiría declarar la independencia de Cataluña dos días después del referéndum secesionista.

La nueva Cataluña

Fija que será una “república de derecho, democrática y social”, y atribuye la soberanía nacional “al pueblo de Cataluña”. El jefe del Estado será el presidente de la Generalitat que será elegido por el Parlament de entre sus miembros.

En el período transitorio, las normas locales, autonómicas y estatales vigentes en Cataluña en el momento de la entrada en vigor de la ley de transitoriedad seguirán aplicándose siempre que “no contravenga” la ley de transitoriedad. También se seguirán aplicando las normas de derecho de la UE, del derecho internacional y los tratados internacionales.

Se podrán recuperar todas las normas catalanas que el Tribunal Constitucional haya suspendido. Hasta la aprobación de la Constitución catalana, se garantizarán los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución española y el Estatut de Autonomía.

Lenguas oficiales

Se considerarán lenguas oficiales la catalana, la occitana y la castellana.

Nacionalidad catalana

Tendrían la nacionalidad catalana los que posean la nacionalidad española y estuvieran empadronados en Cataluña desde antes del 31 de diciembre de 2016. También podrían serlo los españoles empadronados con posterioridad a esa fecha, pero antes de la entrada en vigor de la ley de transitoriedad y que lo soliciten cuando lleven dos años empadronados en Cataluña. También tendrían la nacionalidad catalana los nacidos en Cataluña, aunque no residan o los hijos de catalanes.

Además, fija que “la nacionalidad catalana se puede adquirir por residencia legal y continuada en Cataluña durante un período de cinco años inmediatamente anterior a la petición”. Para ser catalán, no se exigirá “la renuncia a la nacionalidad española ni a cualquier otra”.

La Justicia catalana

Establece que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se convertiría en el Tribunal Supremo Catalán. Se mantendrían los magistrados y salas actuales “con algunas adaptaciones”. Se crearía una Sala Superior de Garantías en sustitución del Tribunal Constitucional que se hará cargo de los recursos de amparo que antes de la independencia se encargaba el Alto Tribunal, de los conflictos de jurisdicción, y de los recursos electorales.

El presidente de este Tribunal Supremo será elegido por el presidente de la Generalitat a propuesta de la comisión mixta. El Fiscal General de Cataluña será nombrado por el Parlamento a propuesta del Govern. Y el Consell de Garanties Estatutàries (consultivo) se convierte en Consell de Garanties Democràtiques (vinculante).

Amnistía para los imputados o condenados por el procès

Establece que los juzgados y tribunales catalanes podrán archivar o anular "los procesos penales contra investigados o condenados por conductas que buscasen un pronunciamiento democrático sobre la independencia de Cataluña o la creación de un nuevo Estado de manera democrática y no violenta".

Así, quedarían amnistiados el expresidente Artur Mas y los exconsellers Irene Rigau, Joana Ortega y Francesc Homs que fueron condenados por mantener la consulta del 9N cuando había sido suspendida.

Subrogación de funcionarios del Estado español y contratos

La Generalitat asume el control de la Administración del Estado y los funcionarios estatales serán asumidos por las instituciones catalanes manteniendo “las mismas condiciones retributivas y de empleo”. También el nuevo Estado catalán se subrogará los contratos formalizados por el Estado español. Se requerirá la nacionalidad catalana para ser funcionario en Cataluña y para acceder a empleos de "salvaguarda de intereses generales".

Hacienda catalana

La Generalitat será la única autoridad tributaria, por lo que pasa a gestionar los tributos en Cataluña: "El Estado catalán sucederá al Reino de España en los derechos y obligaciones de carácter económico y financiero".

La ley no incluye una disposición sobre qué pasará con la parte de la deuda del Estado que corresponde a Cataluña, pero señala que será parte fundamental de una negociación con el Ejecutivo estatal si gana el 'sí'.

También se hará cargo de la Seguridad Social y se garantiza que todos los catalanes cobren su pensión o prestación social, pero sin detallar cómo.

Además, Cataluña asumirá el control de fronteras y aduanas y expulsará al Ejército español.

Sindicatura Electoral de Cataluña

Es el "órgano responsable de garantizar la transparencia y la objetividad de los procesos electorales, los referendos y consultas" en el nuevo Estado. Tal y como se fijó en la ley del referéndum, la sindicatura estará formada por siete miembros elegidos por el Parlament, de los que cinco serán juristas de prestigio y dos, jueces. Además, también se crea la Sindicatura Electoral de Arán y las sindicaturas electorales comarcales.

La Constitución catalana

Si gana el sí en el referéndum, comenzará el proceso constituyente que tendrá tres fases: primero, un proceso participativo de seis meses donde a través de un Foro Social Constituyente formado por representantes del de la sociedad civil y partidos políticos se propone cómo ha de ser la Constitución.

En segundo lugar, habría elecciones constituyentes para conformar la Asamblea Constituyente que se encargaría de redactar la Constitución. Para lo que dispondría de seis meses. Se tendría que aprobar por tres quintos del Parlament.

Y por último, una vez a aprobada la Constitución, se tendría que ratificar en referéndum. Cuando fuera ratificada, se disolvería la Asamblea Constituyente y se convocarían elecciones parlamentarias. Así, los catalanes deberían acudir a las urnas tres veces tras el 1 de octubre.