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Independencia de Cataluña

El Tribunal Constitucional no suspende la declaración de independencia y se da tres días para decidir

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Vista de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid
Vista de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de amparo que ha presentado este viernes el PSC [.pdf] contra la celebración del pleno del Parlament para votar la independencia y contra la el acuerdo de declaración unilateral de independencia y ha dado al fiscal y al Parlament tres días antes de pronunciarse sobre dicha votación, desarrollada en la sesión de este viernes por la mañana.

El recurso de amparo del PSC pide dos medidas cautelares urgentes: por un lado la suspensión previa del pleno o de la votación. A esta petición ha respondido el TC que no, pues cuando han decidido sobre el asunto la votación ya había ocurrido.

Por otro lado, el PSC pedía otra medida cautelar: la anulación de la votación, es decir, de los efectos del pleno.

Los magistrados han aplazado el momento de tomar tal decisión, pues la adoptará en los próximos días, tras escuchar al fiscal y al Parlament, a los que concede tres jornadas para pronunciarse.

El TC tiene previsto suspender las resoluciones del pleno del Parlament de hoy, según han adelantado fuentes del Constitucional.

La decisión ha sido adoptada por tres magistrados del tribunal de garantías, que son los integran una sección de Sala del Tribunal Constitucional.

Para el PSC, la DUI vulnera la Constitución

El TC desestima la petición del recurso de suspender la celebración del Pleno del Parlamento catalán. Ha perdido sentido estudiarla, dice, porque la votación se había producido ya en el momento de dictar su providencia.

La propuesta, según señala el PSC en su recurso "vulnera prácticamente todo el título preliminar de la Constitución: el principio democrático, el Estado de Derecho y el sometimiento de ciudadanos y poderes públicos" a la ley, y es radicalmente incompatible con el Estatut.