Qué son los delitos de rebelión y sedición y cómo se castigan
- El Código Penal detalla las penas de estos delitos de los que se acusa al Govern
La Fiscalía General del Estado ha presentado dos querellas por delitos de rebelión y sedición contra los promotores de la declaración unilateral de independencia aprobada el 27 de octubre por el Parlamento de Cataluña. La primera de ellas se ha presentado en la Audiencia Nacional y se dirige contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont; el vicepresidente, Oriol Junqueras, y los 13 consejeros de su Gobierno. La segunda, ante el Tribunal Supremo, se dirige contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa que autorizaron la votación. En total, afectan a una veintena de dirigentes del proceso soberanista.
¿Qué es el delito de rebelión y cómo se castiga?
El delito de rebelión se recoge en el Código Penal entre los artículos 472 y 484. El artículo 472 reconoce como sujetos del delito de rebelión en siete posibles supuestos, entre los cuales figuran los casos de aquellas personas que se alcen "violenta y públicamente" para declarar la independencia de una parte del territorio nacional, para suspender o modificar la Constitución, o para despojar de sus facultades al rey, entre otros supuestos.
También se contemplan como conductas que integran el delito de rebelión "sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno", "sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma", y despojar a estas instituciones o "a cualquiera de sus miembros de sus facultades".
Según el artículo 473 del Código Penal, siempre manteniendo el supuesto del alzamiento público y violento, las personas que promuevan y sostengan la rebelión serán castigadas con penas de entre 15 y 25 años de cárcel y la inhabilitación de sus funciones públicas por el mismo tiempo. Las penas de cárcel e inhabilitación serán de 10 a 15 años para "los que ejerzan un mando subalterno", y para los "meros participantes" se prevé una pena de prisión de cinco a diez años e inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis a diez años.
"Cuando la rebelión no haya llegado a organizarse con jefes conocidos, se reputarán como tales los que dirijan a los demás, o lleven la voz por ellos, o firmen escritos expedidos a su nombre, o ejerzan otros actos semejantes de dirección o representación", señala el Código Penal.
El delito de rebelión será castigado con hasta 30 años para los responsables en el caso de que se empleen armas, se ejerza la violencia grave contra personas, se causen destrozos en propiedades ajenas, si se cortan las comunicaciones "telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase" o se exigen "contribuciones" o se han "distraído los caudales públicos de su legítima inversión".
¿Qué es el delito de sedición y cómo se castiga?
La sedición se atribuye a aquellas personas que se alcen "pública y tumultuariamente" para impedir "por la fuerza o fuera de las vías legales" la aplicación de las leyes o el ejercicio de las funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público.
El Código Penal, que desarrolla el delito de sedición en los artículos del 544 al 549, prevé entre 10 y 15 años de prisión y la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo a las personas "constituidas en autoridad" que hayan "inducido, sostenido o dirigido" la sedición.
Pero este delito contra el orden público se puede aplicar no sólo a los que impidan la aplicación de las leyes, sino también a cualquier ciudadano que participe en la "provocación, la conspiración y la proposición para la sedición", que se enfrentaría a una pena de prisión de entre cuatro y ocho años.
¿Qué precedentes ha habido en España?
El único precedente de delito de rebelión en la democracia española es el del teniente coronel de la Guardia Civil Antonio Tejero, condenado a 30 años de prisión por tomar el Congreso de los Diputados el 23 de febrero de 1981. También fueron condenados por el mismo delito los mandos militares que participaron en el intento de golpe de Estado.
En cuanto al delito de sedición, no existía jurisprudencia hasta el pasado 27 de septiembre, cuando la Audiencia Nacional admitió una denuncia de la Fiscalía a raíz de los disturbios por las detenciones de cargos públicos implicados en la organización del 1-O.
La magistrada del caso envió a prisión a los convocantes de la manifestación, los presidentes de la Asamblea Nacional de Cataluña y de Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixat, y actualmente investiga al mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, y la intendente de la policía autonómica catalana Teresa Laplana, subrayó que estos actos iban "dirigidos a romper la organización territorial del Estado".
¿Cómo se castigan estos delitos en otros países?
En Francia, el código penal castiga "el hecho de cometer uno o varios actos de violencia susceptibles de poner en peligro las instituciones de la República o de atentar contra la integridad del territorio nacional" con 30 años de cárcel y una multa de 450.000 euros.
Por su parte, la legislación de Portugal contempla penas de entre 10 y 20 años de prisión para "aquel que intente separarse de la madre patria", trate de someter a soberanía extranjera el territorio portugés, o ponga en peligro la independencia del país.
En Alemania, un delito de Alta Traición a la Federación con violencia puede llegar a ser castigado "de por vida". Al igual que ocurre en Canadá, donde cualquier persona que "utilice la fuerza o la violencia con el propósito de derrocar al Gobierno de Canadá o a una provincia" será castigada con cadena perpetua.
El delito de "rebelión contra la autoridad de los Estados Unidos o sus leyes" está penado con un máximo de diez años de cárcel y la inhabilitación para ejercer cargos públicos, mientras que el máximo castigo para las personas que "conspiren para derrocar al Gobierno de Estados Unidos" no será superior a 20 años de cárcel. El código penal estadounidense reserva el delito de traición para aquellos que "inicien una guerra contra el país o se adhieran al bando enemigo".