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Declaración de independencia

Prisión eludible bajo fianza de 150.000 euros para Forcadell por su "actuación principal" en el proceso independentista

  • Forcadell evita la prisión incondicional tras renunciar a la secesión unilateral
  • El juez rechaza esta medida solicitada por el fiscal para la presidenta del Parlament
  • Corominas, Guinó, Simó y Barrufet, en libertad con fianza de 25.000 euros
  • El juez deja en libertad a Joan Josep Nuet, de Catalunya Sí que es Pot
  • El Supremo ve "violencia coactiva" en la exhibición de las movilizaciones

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El juez dicta prisión eludible con fianza de 150.000 euros para Forcadell

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que investiga a la Mesa del Parlament por sedición, rebelión y malversación por la declaración unilateral de independencia (DUI), ha acordado este jueves prisión eludible bajo fianza de 150.000 euros para su presidenta, Carme Forcadell, por su "actuación principal en los hechos" y por el "liderazgo que ha ostentado en cada una de las fases del proceso" también como máxima responsable, en su momento, de la Asamblea Nacional Catalana (ANC).

Forcadell ha ingresado esta noche en la cárcel de Alcalá Meco después de que sus abogados no hayan conseguido la fianza, pero evita la prisión incondicional que había pedido la Fiscalía al desvincularse en el último momento de la vía unilateral para conseguir la independencia al "renunciar a cualquier actuación fuera" de la Constitución. Antes, durante su declaración inicial ante el juez, había acatado la aplicación del artículo 155 y subrayado que la DUI tenía solo un "carácter simbólico", según fuentes jurídicas. El abogado de Forcadell ya ha anunciado que recurrirá su ingreso en prisión.

El juez instructor acuerda también libertad provisional con fianza de 25.000 euros para los diputados de Junts pel Sí Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet, en un auto de 26 páginas, en el que ve "violencia" en el hecho de que los promotores de la independencia hayan exhibido las movilizaciones populares como "la espoleta de una eventual explosión social que ellos podían modular" para conseguir sus fines mediante la "intimidación" de los poderes del Estado.

Una vez que los cuatro abonen los 25.000 euros -el juez les ha dado una semana para ello- tendrán que presentarse semanalmente ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o el juzgado que decidan. Entre las medidas cautelares que les impone está la prohibición de salir de España y la obligación de entregar el pasaporte antes de las dos de la tarde de este viernes. Son las mismas medidas cautelares que impone para Forcadell si consigue reunir la fianza de 150.000 euros para salir de prisión.

Por último, el juez Pablo Llanera ha acordado la libertad provisional sin medidas para el exdiputado de Catalunya Sí que es Pot y ex secretario tercero del Parlament, Joan Josep Nuet, tras acreditar durante su declaración que votó en contra de la tramitación de la declaración unilateral de independencia.

Renuncia a cualquier acción fuera de la Constitución

El juez Llanera rechaza la prisión incondicional que pedía la Fiscalía para Forcadell, Corominas, Guinó y Simó porque, aunque exista riesgo de fuga, este "se difumina" por el hecho de que los imputados han comparecido siempre que se les ha citado tanto ante el Supremo como ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que también les investiga. Y lo han hecho en "contraste con otros encausados en este proceso, que se encuentran actualmente fugados", en alusión al expresidente Carles Puigdemont y los cuatro exconseller que le acompañan en Bruselas.

Tampoco ve riesgo de reiteración delictiva porque todos los querellados "han manifestado que, o bien renuncian a la actividad política futura o, los que desean seguir ejerciéndola, lo harán renunciando a cualquier acción fuera del marco constitucional".

En el auto, el juez destaca la "actuación principal" de Carme Forcadell respecto a los otros investigados "tanto por su intervención medular" durante todo el proceso independentista como "por la intensa repercusión que su propio liderazgo ha tenido" en todas las fases.

Forcadell aportó "el aparente soporte" legal al procès

Como presidenta de la Asociación Nacional Catalana (ANC) antes de presidir el Parlament, el instructor señala que Forcadell "perfiló, asumió y comprometió" una hoja de ruta que pasaba por "la concienciación y movilización colectiva" que habría sido instrumentalizada para conseguir el objetivo de la independencia. Ya en el Parlament, continúa el magistrado, "perfiló el método que se iba a seguir para declarar la independencia, y que aportó el aparente soporte legislativo que el proyecto necesitaba".

Durante su declaración, Carme Forcadell, Lluís Corominas, Lluís Guinó y Anna Simó habían acatado la aplicación del artículo 155 de la Constitución y destacado el "carácter simbólico" de la DUI, pero los fiscales del Supremo pidieron la medida cautelar más dura al ver riesgo de que los diputados volvieran a delinquir.

Ante la petición de prisión incondicional, los cuatro utilizaron el turno de última palabra para ir más allá y desvincularse de la vía unilateral para conseguir la independencia, según fuentes jurídicas citadas por Efe.

El uso de las movilizaciones como "violencia coactiva"

Gran parte del auto se centra en analizar si en los hechos investigados concurre el "alzamiento violento y público" necesario para hablar de un delito de rebelión. Para ello, el instructor examina el uso de las movilizaciones ciudadanas como "instrumento" de los promotores del procès para conseguir la secesión.

El juez puntualiza que para que un alzamiento sea violento no es necesario que "incorpore hechos lesivos o dañosos contra personas o bienes", sino que se manifiesta también "cuando integra la ostentación de una fuerza y se muestra la disposición a usarla" para "intimidad a los podres legalmente constituidos".

En este sentido, el magistrado cree que los promotores del independentismo se valieron de la exhibición de los "puntuales focos violentos" que se producían en las manifestaciones como "espoleta de una eventual explosión social que ellos podían modular y, por tanto, como violencia coactiva para la consecución de sus fines".

Un "violento germen que arriesgaba expandirse"

Como muestra de esta "clara y plural expresión de esta violencia", el magistrado incluye la ocupación organizada de calles por centenares de tractores, el "asedio" de edificios de la Administración del Estado, el "aislamiento" de los agentes y la comisión judicial en la Consejería de Economía los días 20 y 21 de septiembre con el destrozo de varios automóviles de la Guardia Civil, el "asedio de los hoteles" donde se encontraban los guardias civiles y policía nacionales; los cortes de carreteras y barricadas de fuego, etc.

Entre estos comportamientos, el juez también incluye las "murallas humanas que defendían de manera activa los centros de votación" en el referéndum del 1 de octubre, "haciendo en ocasiones recular a los cuerpos policiales o forzando a estos a emplear una fuerza que hubiera resultado innecesaria de otro modo".

Para el magistrado "todos estos comportamientos expresan el violento germen que arriesgaba con expandirse". Unos comportamientos, prosigue, que como apunta en su querella la Fiscalía fueron "conscientemente instrumentalizados" para conseguir la secesión.

De esta forma, concluye el auto, se amenazaba con una "determinación popular" que podía resultar "incontrolable" si se contrariaba. Unas movilizaciones que se contemplaron "siempre" como uno de los elementos del proceso de independencia, según el Tribunal Supremo.