El juez ve violencia en la amenaza de los independentistas de usar la movilización popular que podía ser "incontrolable"
- Considera fundada la acusación de rebelión contra la expresidenta del Parlament
- El juez ve en el proceso un "violento germen" que amenazaba con "expandirse"
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena considera fundada la acusación de rebelión contra la expresidenta del Parlamento catalán, Carmen Forcadel porque estima que se ha producido violencia en la "determinación" de los promotores de la independencia de usar la movilización popular que, en caso de ser contrariada, "podía resultar incontrolable". Es decir, que podía suponer la "espoleta" de una "eventual explosión social que ellos podían modular" y, por tanto ser usada la "violencia coactiva para la consecución de sus fines".
El instructor de esta causa considera que para que se cumpla el requisito de la violencia en el delito de rebelión no es necesario que hayan "hechos lesivos o daños contra personas o bienes", sino una intención de alcanzar "a todo trance" unos fines.
Así lo ha explicado el magistrado en la resolución que ha dictado este jueves por la noche tras tomar declaración a Forcadell y a otros cinco exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán investigados por rebelión, sedición y malversación de caudales públicos por facilitar la tramitación de las leyes independentistas.
Ostentación de la fuerza y disposición a usarla
Ha explicado que es cierto que el Código Penal exige "un alzamiento violento y público" para el delito rebelión. Pero ha precisado que "eso no quiere decir que para que el alzamiento público sea violento, resulte exigible que incorpore hechos lesivos o dañosos contra personas o bienes, sino que se manifiesta también el alzamiento violento cuando integra la ostentación de una fuerza y se muestra la disposición a usarla", apostilla Llarena.
Añade el magistrado que cuando el levantamiento se orienta "de modo inequívoco a intimidar a los poderes legalmente constituidos", ya sea por el ejercicio "activo de una fuerza incluso incruenta" o por "la exteriorización publica y patente" de estar dispuesto a su utilización, "por existir una determinación de alcanzar 'a todo trance'", los fines que contempla el Código Penal. Además, destaca que el caso de que se utilizasen armas o la realización de combates justificaría la comisión "agravada" de este delito.
El magistrado indica en el auto que, aunque los investigados han renunciado al uso de la violencia en las movilizaciones afines a la independencia de Cataluña, y que "más que resulta evidente que el civismo acompañó a las decenas de miles de ciudadanos" que se movilizaron, la querella presentada por la Fiscalía General del Estado destaca numerosos "comportamientos agresivos".
En esta línea enumera la ocupación de las calles por centenares de tractores; el "bloqueo" y "asedio" de edificios dependientes de la Generalitat y de la Administración del Estado, y de hoteles donde se alojaban a agentes de la Policía y Guardica Civil; el "aislamiento" de agentes o de la comisión judicial en la Consejería de Economía -por los que los presidentes de la Asamblea Nacional de Cataluña (ANC) y Êmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente se encuentra en prisión, investigados por un delito de sedición--; o las "amenazas" a empresarios.
"Germen violento que arriesgaba con expandirse"
El magistrado recalca que éstos "son comportamientos que expresan el violento germen que arriesgaba a expandirse".
Según el juez instructor del Tribunal Supremo, los seis investigado fueron "conscientemente instrumentalizados" para la consecución de la independencia de Cataluña porque las movilizaciones se contemplaron "siempre" como uno de los elementos del proceso de independencia y porque existió "desde un principio" una hoja de ruta que integraba a los responsables políticos autonómicos, municipales y las asociaciones ciudadanas independentistas, que han llamado "permanentemente" a una movilización colectiva y a una "resistencia activa".
A ello añade que el proceso "no contaba con otro instrumento de imposición de la situación de hecho creada que la amenaza de una determinación popular que --de ser contrariada-- podría resultar incontrolable".
A pesar de los focos violentos, no modificaron sus pretensiones
En este sentido, explica que, aunque todos los investigados han declarado que no presenciaron ningún acto violento, sí admiten haber visto reflejados en los medios alguno de los hechos expuestos en la querella y, sin embargo, no modificaron su comportamiento posterior con respecto al proceso independentista.
Por ello, el magistrado insiste en que en estas condiciones, "no está carente de fundamento la petición acusatoria" de que los promotores de la independencia podrían haberse servido de estos "puntuales focos violentos" y de una "movilización decidida" y pacífica mucho mayor, para "exhibir los movimientos populares como la espoleta de una eventual explosión social que ellos podían modular y, por tanto, como la violencia coactiva para la consecución de sus fines".