El Tribunal Superior de Justicia de Canarias anula el pacto salarial de un hotel de Tenerife porque discrimina a las mujeres
- Los camareros en habitaciones cobran un plus 5 veces menor al de los de sala
- El colectivo de habitaciones está compuesto en un 92% por mujeres
- CC.OO. ha detectado pactos similares en 37 hoteles de 50 estudiados en la isla
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado nulo por discriminación de género el pacto salarial de Hotel Best Tenerife. La sentencia estima que los empleados que trabajan en las habitaciones -un 92% mujeres- están siendo discriminados salarialmente, ya que su "plus de productividad" (139 euros mensuales) es casi cinco veces menor que el de camareros de sala -un 85% por hombres- a pesar de que ambas categorías pertenecen al mismo nivel profesional y tienen el mismo sueldo base.
De esta forma, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso que la Federación de Servicios de CC.OO. presentó contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 5 de Santa Cruz de Tenerife que no apreció discriminación indirecta por razón de sexo.
La parte no estimada del recurso del sindicato es la que requería que se aplicara al colectivo de pisos el mismo plus de productividad que los camareros y camareras de sala.
El sindicato ha valorado el fallo judicial como "un avance, sin duda, en la necesaria tarea de ir desenmascarando la multitud de casos que evidencian la existencia de una brecha salarial entre hombres y mujeres".
Casi 40 hoteles con pactos salariales similares
Este sindicato ha detectado otros 37 casos con pactos salariales similares de un total de 50 hoteles estudiados en la isla tinerfeña. Además, el Tribunal Superior de Justicia tiene aún pendientes de resolver otros dos recursos presentados por CC.OO. contra sentencias parecidas que afectan a los hoteles Costa Adeje e Isla Bonita.
Los pactos salariales son acuerdos que los hoteles suelen acordar con los comités de empresa de manera complementaria al Convenio Sectorial de Hostelería de Tenerife. Según recuerda Comisiones Obreras, en esos pactos se sustituyó el "sistema reparto del porcentaje de servicios" de las antiguas ordenanzas laborales por los llamados "pluses de productividad".
Según la sentencia del Tribunal Superior, la nulidad del pacto salarial conllevaría la vuelta al sistema de reparto de las antiguas ordenanzas, que a su vez -como reconoce el fallo- "seguramente sería declarado discriminatorio en la actualidad".
Por eso, advierte de que la solución definitiva debe encontrarse en una mesa de negociación en la que se alcance un nuevo acuerdo no discriminatorio o mediante sentencia del Tribunal Supremo, si así lo requirieran las partes.