El Supremo advierte de que 'retuitear' mensajes que enaltecen el terrorismo también es delito
- Confirma la condena a un año y medio de cárcel a un usuario de Twitter
- El acusado recurrió alegando que las imágenes no eran expresión de su mensaje
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que advierte de que retuitear mensajes o imágenes de apoyo a ETA o de homenaje a los terroristas puede ser delito de enaltecimiento del terrorismo porque el tipo penal no exige que el acusado asuma como propio la imagen y su mensaje, ni tampoco que sea el quien lo haya creado, sino que basta con de un modo u otro accedan a ese mensaje y le dé publicidad expandiéndolo.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, confirma la condena a un año y medio de cárcel que la Audiencia Nacional impuso en diciembre de 2016 a Andeka Jurado García, por publicar en Twitter un vídeo compuesto por imágenes de ETA; retuitear una foto del terrorista fallecido Josu Uribetxeberría Bolinaga y publicar dos mensajes sobre este miembro de ETA.
En concreto, el acusado tuiteó entre 2014 y 2015, un vídeo con imágenes sobre ETA y sus integrantes, en ocasiones armados, retuiteó la foto del terrorista fallecido Josu Uribetxeberría Bolinaga junto al lema "Adiós y honor" en vasco; y publicó en la misma red dos mensajes sobre este miembro de ETA, condenado en su día por el secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara.
El acusado recurrió al Supremo alegando que las imágenes y vídeos reproducidos en su cuenta de Twitter no eran expresión de un mensaje, razonamiento o argumentación propios, sino que existían previamente en los medios, ya que el término retuitear significa reproducir lo que preexistió.
"Mostrar determinadas fotos constituye una incitación a la imitación"
El Supremo le contesta que el tipo penal no requiere que el acusado asuma como propio el mensaje o la imagen, o que los haya creado, sino que basta que tengan acceso a ellos y les den publicidad.
También alegaba el recurrente que no era delito mostrar una foto tomada por un tercero, ni tampoco reproducir un vídeo en el que aparece alguien bailando durante el funeral del miembro de ETA Uribetxeberria Bolinaga, porque no fue el acusado quien bailaba, ni quien grabó el vídeo, ni quien lo incorporó a internet.
En la sentencia dada a conocer este jueves, el Supremo rechaza estas argumentaciones recordando que tampoco importa que la foto sea tomada por un tercero si el que la recoge y lanza a la red pública es el acusado.
"Al terrorista se le presenta como un prohombre, modelo a imitar"
"Mostrar determinadas fotos, y más con mensaje añadido, constituye un realce de la conducta y persona y constituye una incitación a la imitación, si al terrorista se le presenta, como un prohombre, modelo a imitar o dechado de virtudes, cuando su fama procede únicamente de ser terrorista", agrega el tribunal.
Acerca de la danza, canto del "aurresku" y otras loas y alabanzas a Uribetxeberría en un vídeo, el TS indica que "no precisa la ley penal que sea el acusado el que baile o grabe el vídeo. Este aspecto no lo impone la tipicidad, bastando con publicitar lo grabado con posibilidad de que terceras personas se percaten de que están enalteciendo la trayectoria personal y los "méritos" de alguien cuya fama procede de los actos terroristas ejecutados".
El tribunal indica que la mención "Adiós y Honor", que aisladamente considerada podría ser insuficiente para constituir el ilícito penal enjuiciado, fue acompañada de la reproducción del homenaje póstumo a un miembro de ETA mediante la danza tradicional mencionada, poniéndolo como con modelo a emular ("Tu dignidad nuestro modelo"), reproduciendo incluso la mención de que el mejor homenaje es seguir luchando.
El Supremo rechaza por último la alegación del acusado de que su conducta fue en ejercicio de la libertad de expresión, ya que las conductas de apología o enaltecimiento de los actos de terrorismo o de sus autores no se hayan amparadas por ese derecho.
Durante el juicio que se celebró contra él, Jurado manifestó que le parecía "increíble" que le acusen de este delito ya que se limitaba a dar cuenta de cosas que sucedían, como hacen los periodistas.