El juez rechaza aplicar la "doctrina Botín" para anular el juicio por la salida a Bolsa de Bankia
- Andreu dice que su aplicación puede ser "debatida" durante las cuestiones previas
- La doctrina Botín rechaza que se abra juicio oral si solo hay acusación popular
- Una treintena de exdirectivos se sentará en el banquillo por estafa y falsedad contable
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado el recurso de varios acusados para que se sobresea la causa y se anule la apertura de juicio oral por la salida a Bolsa de la entidad, ya que entiende que no se ha vulnerado ningún derecho fundamental y no cabe aplicar la "doctrina Botín".
En un auto al que ha tenido acceso Efe, el titular del juzgado central de instrucción nº 4 señala que "no se aprecia -ni siquiera es alegado-, vulneración de derecho fundamental alguno", y añade que "la aplicación o no de la doctrina Botín" podrá ser "alegada y debatida" durante las cuestiones previas, al inicio del juicio.
La llamada "doctrina Botín" fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2007 para cerrar el llamado caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín. Esta doctrina, corregida por el propio Supremo con la denominada "doctrina Atutxa", establecía que las acusaciones populares no podían pedir la apertura de juicio oral cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa, con el objetivo de salvaguardar los derechos del acusado.
En este caso, fueron los exconsejeros Jesús Pedroche, Mercedes Rojo y Estanislao Rodríguez-Ponga, este último exsecretario de Estado de Hacienda, los que alegaron que debía aplicárseles la "doctrina Botín", recurso al que se sumaron otros procesados.
El juez Andreu, al que sustituye temporalmente Ismael Moreno, decretó el pasado 17 de noviembre la apertura de juicio oral contra el expresidente de Bankia, Rodrigo Rato; su exvicepresidente José Luis Olivas; una treintena de antiguos directivos de la entidad y la auditora Deloitte por estafa a los inversores y falsedad contable en la salida a bolsa de 2011.
Los otros acusados que se sumaron al recurso de Pedroche, Rojo y Rodríguez-Ponga son José Antonio Moral Santín, Ángel Acebes, Pedro Bedia, Francisco Baquero, Arturo Fernández, Agustín González González, Ángel Daniel Villanueva, José Rafael García-Fuster Javier López Madrid, Araceli Mora, Remigio Pellicer.
El "bien jurídico vulnerado" no es privativo del Estado
Al recurso se opuso la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), que ejerció durante la instrucción la acusación popular. Este sindicato de las antiguas cajas alegó que el "bien jurídico vulnerado" no es privativo ni del Estado ni de persona alguna, máxime cuando se trata del balance de una entidad financiera "cuya repercusión en la economía nacional es de tal intensidad que (...) puede afectar seriamente a la estabilidad económica del sistema".
Con ello, sostenía la CIC, pretendían limitar la condición de perjudicados de todas las acusaciones particulares personadas, con excepción del FROB, respecto de la estafa a inversores y la aprobación de las cuentas aprobadas en el consejo de administración de juno de 2011 utilizadas en el folleto de la salida a bolsa.
Ello suponía una "nueva e inédita concepción del concepto de perjudicado", ya que se pretendía que una vez definido quiénes son los perjudicados se pueda limitar su ejercicio "según el libre albedrío de los acusados", según la CIC.
En su auto, el juez destaca que el incidente de nulidad promovido "no se sustenta en ninguna de las causas de nulidad" contempladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, "sin que el hecho de que el instructor no participe del criterio expuesto por el promotor del incidente en orden a la aplicación o no de la 'doctrina Botín' en el caso de autos" constituya un supuesto de nulidad y genere indefensión. Y reitera que sobre ello se podrá debatir durante las cuestiones previas ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.