Enlaces accesibilidad

La Inspección de Trabajo concluye que los repartidores de Deliveroo son falsos autónomos

  • La empresa "encubre" una auténtica relación laboral con los 'riders', señala
  • Trabajo le pide que abone las cotizaciones después de una denuncia sindical
  • Deliveroo anuncia que acudirá a los tribunales y defiende que son autónomos
  • Será un juez el que definitivamente declare o no la existencia de relación laboral

Por
Repartidores de Deliveroo ante el Ayuntamiento de Barcelona este miércoles
Repartidores de Deliveroo ante el Ayuntamiento de Barcelona este miércoles

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valencia ha concluido que los repartidores de comida a domicilio de Deliveroo no son autónomos y que esta empresa "encubre" una auténtica relación laboral con sus llamados 'riders' en un escrito elaborado en respuesta a la denuncia presentada en julio por el Sindicat de Traballadors de la Indústria, Comerç y els Serveis-Intersindical Valenciana contra la mercantil Roofoods Spain (Deliveroo). Sus conclusiones, adelantadas este domingo por El País, han sido presentadas este lunes en rueda de prensa.

La jefa de la unidad especializada en el área de Seguridad Social de la Inspección provincial de Valencia ha llevado a cabo actuaciones inspectoras sobre la empresa para determinar la naturaleza de la relación con los repartidores en bici, que han determinado que se trata de una auténtica relación laboral y, por tanto, ha habido una falta de alta y cotización en el Régimen General.

En este sentido, ha extendido la correspondiente acta de liquidación de cuotas por las cotizaciones que la compañía debía haber pagado. El País cifraba en 160.814,9 euros las cotizaciones no pagadas que la Seguridad Social exige a Deliveroo, que puede presentar alegaciones.

La empresa de reparto de comida a domicilio ha anunciado que recurrirá a los tribunales el acta de la Inspección de Trabajo de Valencia en un comunicado recogido por Efe en el que asegura que este documento no tiene efectos jurídicos en cuanto a la consideración de autónomos o relaciones laborales, al tratarse de una propuesta de liquidación. En esta línea, ha asegurado que la competencia para declarar la existencia o no de relación laboral corresponde a los tribunales de justicia.

La denuncia se presentó el verano pasado después de que los repartidores de Deliveroo -entonces unos 900 en toda España- protagonizaran varias jornadas de huelga para protestar por sus condiciones laborales. Exigían que les volvieran a garantizar el pago de dos pedidos por hora, un salario digno y una jornada laboral mínima de 20 horas a la semana después de que la empresa cambiara las condiciones económicas y les anunciara que solo les abonaría el número de pedidos que hicieran efectivos.

Una relación mercantil en vez de una relación laboral

En su denuncia ante la Inspección de Trabajo, Intersindical señaló que la empresa imponía una relación mercantil a los repartidores para ser contratados, lo que llevó a los trabajadores a darse de alta en el Régimen de Autónomos.

No obstante, el sindicato consideró que concurrían "todas y cada una de los requisitos exigidos por la normativa y la jurisprudencia para caracterizar la laboralidad de una relación", y entendió que la "apariencia mercantil" de la relación "solo puede ser considerada como un fraude de ley impuesto por la demandada como ilícito requisito para poder acceder al puesto de trabajo".

Según denunció Intersindical, los repartidores trabajan con parte de los medios y materiales proporcionados por la empresa, y siguen las órdenes y directrices de sus superiores jerárquicos y bajo sus normas de organización.

La empresa establece un horario de trabajo mediante un calendario semanal y los repartidores trabajan con un vehículo de su propiedad (bicicleta o motocicleta), y perciben un plus por gastos asociados, y un teléfono móvil también de su propiedad.

Para la ejecución de sus funciones, necesitan una aplicación de teléfono móvil que es propiedad de la empresa y esta lo gestiona, y perciben una remuneración fija de 8 euros por hora de trabajo.

Será la justicia la que determine si existe o no relación laboral

La Inspección ya ha comunicado su alta, y en su caso, baja en el Régimen General en la empresa durante los respectivos periodos de prestación de servicios, así como la correspondiente acta de liquidación de cuotas, según la información que ha proporcionado Intersindical.

Estas actuaciones no son firmes y pueden ser recurridas por la empresa que, de producirse, dará lugar al inicio de un procedimiento de oficio ante la jurisdicción social, que será la que definitivamente declare o no la existencia de la relación laboral entre los trabajadores de Valencia y la empresa.

Deliveroo ha anunciado que recurrirá a los tribunales el acta de la Inspección de Trabajo de Valencia. Para Deliveroo, la Inspección de Trabajo ha presentado una propuesta basada en un modelo de relación con repartidores en bici ("riders") que ya no está vigente en España.

Según un portavoz de la empresa, la compañía confía en que se demuestre la condición de autónomos de los repartidores, como así lo han manifestado sentencias recientes en el Reino Unido y Francia, en las que se ha avalado que estos trabajadores que colaboran con Deliveroo son autónomos.

Deliveroo defiende que contribuyó a la economía española generando 27 millones de euros entre junio de 2016 y junio de 2017, según el informe Delivering to the global economy realizado por la consultora Capital Economics. Sostienen también que crean oportunidades de empleo para más de 1.600 personas entre repartidores, empleados y nuevas contrataciones en restaurantes y la cadena de suministro de la hostelería.

La actividad de Deliveroo ha contribuido a las arcas del Estado con 2 millones de euros en impuesto de sociedades, y se han abonado alrededor de 4,1 millones de euros en IVA de la comida vendida a través de la plataforma Deliveroo, según sus datos.