El Supremo mantiene a Junqueras en la cárcel porque no le consta el abandono de la unilateralidad y puede reincidir
- Así lo han decidido por unanimidad tres magistrados del Supremo
- Junqueras defendió que es un "hombre de paz" que busca el diálogo
- El Supremo niega la existencia de presos políticos y que se persigan ideas
- No ve acreditado el abandono de la via de la unilateralidad por parte de Junqueras
El Tribunal Supremo ha decidido mantener en prisión provisional al exvicepresidente de Cataluña, Oriol Junqueras, ante el riesgo de reiteración delictiva ya que que "no existe en la actualidad ningún dato" para confirmar que el recurrente tenga la intención de abandonar la vía unilateral seguida hasta ahora para conseguir la independencia de Cataluña.
Así lo han decidido los magistrados Miguel Colmenero, Alberto Jorge Barreiro y Francisco Monterde, que consideran, en un auto (pdf.) dictado por unanimidad este viernes, que el líder republicano podría reincidir en los graves delitos por los que se le investiga, como es el de rebelión, sedición y malversación.
"No existe ningún dato relevante que indique de forma seria que el recurrente ha abandonado su pretensión de alcanzar la independencia de Cataluña mediante una declaración unilateral", indica el auto de la Sala de lo Penal del Supremo que, por otro lado, niega la existencia de "presos políticos" y determina que Junqueras se ha "alzado contra el Estado español y la Constitución", lo que constituye un "hecho gravísimo en un Estado democrático de derecho".
Este jueves se celebró la vista del recurso que Junqueras presentó contra su situación de prisión preventiva y el propio líder de ERC pudo defenderlo en la sala alegando que es un "hombre de paz que busca el diálogo". Insistió de nuevo en el abandono de la vía unilateral y apostó por la "negociación" y la "bilateralidad" en defensa de sus aspiraciones secesionistas.
Pero estos argumentos no han convencido a los tres magistrados que, de este modo, han confirmado el criterio del juez Pablo Llarena, encargado del caso seguido en el alto tribunal por el desafío independentista de Cataluña, un criterio con el que también coinciden el fiscal y la acusación popular ejercida por el partido Vox. Por tanto, con esta, ya es la segunda vez que Oriol Junqueras ve truncadas sus aspiraciones de ser excarcelado.
La Fiscalía se opuso a su puesta en libertad pero admitió que puedan concedérsele permisos puntuales, si así lo considera el tribunal, para que ejerza su derecho a la representación política.
Junqueras pidió al Supremo poder actuar en representación del millón de votos recibidos el 21-D como argumento para el fin de su prisión preventiva. En este sentido, el auto dice que el ejercicio de algunos cargos políticos no supone la impunidad y, sobre el ofrecimiento de diálogo o la "invocación de la bilateralidad" por parte de Junqueras, la Sala cree que "no puede valorarse como un indicio de abandono del enfrentamiento con el Estado".
El Supremo dice que "nadie es perseguido por defender una idea"
En la argumentación jurídica, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo señala que si "la persecución de la independencia de una parte del territorio nacional mediante alzamiento violento es delito, hacerlo por la vía pacífica es legítimo".
"La presente causa no se ha incoado, pues, para perseguir la disidencia política, ni la defensa de una opción independentista. Es por ello que no puede hablarse de presos políticos, pues nadie es perseguido por defender una idea, y el sistema permite la defensa de cualquier opción, ofreciendo cauces sobrados para sostenerla", reza el auto.
Insiste el Supremo en que el recurrente ha llevado a cabo, junto a otros, la ejecución de un plan secesionista: "ha intentado celebrar un referéndum que el Tribunal Constitucional había declarado fuera de la Constitución y de la ley y ha llegado a proclamar la independencia de Cataluña". Lo que se investiga, por tanto, es si Junqueras, dice el auto, lideró un plan de declaración unilateral de independencia, y "se alzó contra el Estado español, contra la Constitución, contra el Estatuto de Autonomía y contra el resto del ordenamiento jurídico".
El auto determina que la "la gravedad de los hechos no solo resulta de las penas asociadas a los delitos, sino de la intranquilidad y la preocupación que estos hechos han causado en una gran parte de la población que no participó en su ejecución y que pudo ver cómo se alteraron profundamente las reglas de la convivencia ciudadana".
Cree el tribunal que las consignas de Junqueras llevaron en "enfrentamientos"
Junqueras dijo en la vista, según señala el auto, que no se "describe en qué ha consistido la explosión violenta", a la que se refirió el juez Llarena para oponerse a su excarcelación. En este sentido, el Supremo afirma que "se incitó a la participación de movilizaciones como elemento indispensable de refuerzo de la acción política" y vuelve a insistir en "cortes de carreteras, obstaculización de registros y actos de resistencia pasiva" y en "actos violentos en defensa de la declaración unilateral de independencia".
En este punto, el Supremo reitera "los actos de violencia con ocasión de los registros en la Consejería de Economía contra la comisión judicial y los agentes de la Guardia Civil" y asegura que "el recurrente sabía que si sus consignas relativas a la participación en el referéndum del 1 de octubre declarado inconstitucional eran seguidas por sus partidarios, se produciría inevitablemente un enfrentamiento físico entre éstos y el Estado de derecho, representado por los agentes policiales".
"Constituye una conducta de extraordinaria gravedad incitar a varios millones de ciudadanos a que acudan a votar ilegalmente a sabiendas de que se van a encontrar necesariamente con oposición física", señala el texto jurídico, que puntualiza que no consta que Junqueras haya participado ejecutando personalmente actos violentos concretos, ni que diera órdenes directas en tal sentido, pero "mediante la defensa pública de la independencia unilateral", ha incitado a los ciudadanos a ello.
Ahora queda por determinar si Junqueras podrá disfrutar de algún permiso especial para ejercer sus responsabilidades políticas y si será trasladado a alguna prisión catalana, tal y como va a solicitar su defensa.