El Parlament presenta un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la aplicación del artículo 155
- Sostiene que "una mera declaración retórica" no es "justificación válida" para el 155
- La Diputación Permanente del Parlament aprobó el recurso el 27 de diciembre
El Parlament ha presentado este martes ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de inconstitucionalidad (pdf) contra la aplicación del artículo 155 de la Constitución, tras la declaración unilateral de independencia (DUI), al entender que vulneró el principio de autonomía y de participación política y se aplicó de forma "desproporcionada" ante una "mera declaración retórica" del expresidente catalán Carles Puigdemont.
El recurso de inconstitucionalidad argumenta que las medidas del 155 supusieron una suspensión "de facto" de la autonomía catalana y, con la disolución del Parlament, acarrearon un "control político de conveniencia", situando a la cámara catalana "en una posición de subordinación jerárquica" respecto al Gobierno del Estado.
En ese sentido, el recurso apunta a que el Ejecutivo central debió advertir a Puigdemont de que disolvería directamente la cámara si desatendía sus requerimientos, con lo que el expresidente catalán podría haberlo hecho "por iniciativa propia, evitando la injerencia de una autoridad ajena al sistema institucional catalán, dando lugar a la desactivación del artículo 155" de la Constitución.
"Una mera declaración retórica"
El recurso se dirige contra el acuerdo del pleno del Senado que el pasado mes de noviembre aprobó las medidas propuestas por el Gobierno en aplicación del 155, así como los decretos posteriores desplegados para su ejecución, incluido el cese del Govern y de altos cargos de la Generalitat, así como del mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero.
Tras invocar la jurisprudencia y los debates constituyentes, el Parlament sostiene que las medidas "coercitivas" deben utilizarse como "última ratio", puesto que deben prevalecer el "diálogo y pacto político e institucional", y defiende que el artículo 155 "no faculta" a disolver o a cesar órganos autonómicos.
Además, para el Parlament, no puede considerarse "una justificación válida" para activar el 155 "una mera declaración retórica" por parte del presidente de una comunidad autónoma que no vaya acompañada de una situación fáctica. La cámara catalana insiste en su recurso en que Puigdemont negó "la existencia de una declaración de independencia por las instituciones catalanas" en las cartas que intercambió con el Gobierno antes de la activación del 155.
Por el contrario, sostiene la cámara catalana, el expresidente catalán hizo "referencia explícita" en sus escritos al Gobierno "al escenario político abierto tras la consulta del 1 de octubre de 2017 en términos de un mandato democrático, cuyos efectos había dejado en suspenso" el propio presidente de la Generalitat para plantear la reconducción del conflicto mediante la apertura de una fase de diálogo.
El artículo 155 no puede implicar "en ningún caso" el cese de las autoridades
La cámara catalana advierte también en su escrito de que el artículo 155 "no faculta limitar de forma indefinida" la autonomía de Cataluña y debe ser aplicado de forma gradual, con medidas que resulten "proporcionadas" y "estrictamente necesarias".
En opinión del Parlament, el artículo 155 no puede implicar "en ningún caso" el cese de las autoridades de una comunidad, "puesto que ello supone una quiebra no solo del principio de autonomía sino también del modelo parlamentario de gobierno que asegura la Constitución y el Estatuto", ni "faculta para alterar el reparto competencial entre el Estado y las comunidades autónomas".
Respecto a la disolución del Parlament, el recurso sostiene que fue una medida "inadecuada e innecesaria" que suprimía cualquier "control político ordinario" por parte de la cámara catalana, lo que vulnera "los derechos de participación política y de sufragio de los ciudadanos a quienes representan" los diputados.
"Con la franquicia que se arroga el Gobierno del Estado, se está alterando la formación de la voluntad de un órgano como el Parlament", prosigue el escrito al TC. El recurso señala además el hecho "inquietante" de que la sesión que celebró el Senado sobre la aplicación del artículo 155 "se convirtió en una suerte de debate entre grupos parlamentarios, y en ausencia de representante alguno de la Generalitat".
La presentación del recurso ante el Tribunal Constitucional contra la aplicación del artículo 155 fue aprobada el 27 de diciembre por la Diputación Permanente del Parlament, con los votos a favor de JxSí y SíQueEsPot, la abstención de la CUP y el voto en contra de Cs, el PSC y el PP.