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El juez mantiene en prisión a Joaquim Forn por "riesgo de reiteración delictiva"

  • El Supremo rechaza por segunda vez su petición tras tres meses en prisión
  • Forn renunció a su escaño y se alejó de la estrategia de Junqueras y 'los Jordis'
  • El juez cree que la instrucción confirma la responsabilidad de Forn en el 1-O
  • El TS devuelve su escrito a Puigdemont: no estará en la causa si sigue huido

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El exconseller catalán de Interior Joaquim Forn en una imagen de archivo
El exconseller catalán de Interior Joaquim Forn en una imagen de archivo

El juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena ha rechazado este viernes por segunda vez la puesta en libertad del exconseller de Interior Joaquim Forn al entender que existe riesgo de reiteración delictiva.

Le mantiene en prisión provisional sin fianza pese a que el exconseller renunció a su acta de diputado para facilitar su defensa, y a que no ha seguido la estrategia del exvicepresidente Oriol Junqueras y de los 'Jordis' de llevar su encarcelamiento ante la ONU contratando para su defensa al abogado británico Ben Emmerson.

Forn declaró ante el juez el pasado 11 de enero que si el nuevo Govern insistiera en la vía unilateral él "se bajaría del barco" y asumió la legalidad constitucional española; hace unos días renunció a su escaño alegando "por motivos personales" para facilitar su defensa jurídica pero el juez desestima su recurso y decide mantenerle en prisión.

"Incerteza" de que respete el orden legal

En el auto, el instructor subraya como factores para apreciar el riesgo de reiteración delictiva “la incerteza que existe de que la voluntad política mayoritaria sea respetar el orden legal para lograr la aspiración de independencia que aun hoy comparte el investigado” y “la todavía cercana determinación con la que el investigado condujo su grave actuación delictiva”, aun cuando sus aportaciones tengan que ser necesariamente ajenas a la actividad parlamentaria a la que ha renunciado.

Llarena considera que la instrucción hasta ahora realizada confirma la eventual responsabilidad del exconseller de Interior en la inactividad de los 17.000 agentes de los Mossos a su cargo ante la convocatoria del referéndum ilegal del 1-O, y destaca en especial el testimonio del coronel Diego Pérez de los Cobos, como coordinador del dispositivo policial, que describió en su comparecencia ante el instructor una actuación policial contraria al cumplimiento de la orden de impedir la celebración de la consulta ilegal.

Una actuación la de Forn que estuvo siempre orientada a aparentar una voluntad de cumplimiento de las decisiones judiciales, pero poniendo en marcha un plan que impedía su observancia.

Llarena recuerda además que el nombramiento de Forn se produjo tras una crisis de gobierno -que como los consejeros cesados reconocieron- vino propiciada por el rechazo de los depuestos.

Aprovechó su posición sobre los Mossos

El auto concluye que, en este momento de la instrucción, existe un conjunto de elementos que apuntan a que desde el poder político, ejercido por el investigado, se aprovechó el dominio orgánico y funcional sobre el cuerpo de agentes para conducir las actuaciones policiales al éxito del referéndum del que dependía la declaración de independencia, en vez de al cumplimiento de las muchas resoluciones judiciales dictadas para salvaguardar el orden constitucional y legal.

Al analizar el riesgo de reiteración delictiva, el juez señala que la ideología de Forn coexiste con un contexto político en el que no hay certeza de que haya desaparecido la intención de alcanzar la independencia de Cataluña, existiendo todavía sectores que defienden explícitamente que debe conseguirse de manera inmediata.

“Precisamente, esa última actitud es la que sostiene quien otorgó en su día la confianza al señor Forn para que fuera consejero de Interior y que encabezó la lista electoral en la que el investigado decidió integrarse hace escasas semanas”, destaca el auto del juez en referencia a Carles Puigdemont, de quien Llarena cree que aún busca la secesión inmediata.

Puigdemont, desde Twitter, ha condenado la decisión del magistrado: "El argumento para mantener a Joaquim Forn en prisión es una violación escandalosa de los derechos civiles y políticos. Hace de la prisión preventiva un mecanismo de secuestro y coacción de ideas legítimas y democráticas, que Quim ha defendido y practicado de manera pacífica, convivencial y respetuosa".

El exconseller ingresó en la cárcel madrileña de Estremera hace tres meses, el pasado 2 de noviembre, por orden de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. Allí comparte celda con Junqueras. Pese a que declaró que si el nuevo Govern insistiera en la vía unilateral él "se bajaría del barco", Forn mantiene a día de hoy como tuit fijo en su cuenta la imagen de su firma del decreto de convocatoria del 1-O. "Firmando, junto con el resto de miembros del @govern, el decreto de convocatoria del referéndum. Votaremos. # 1O2017".

Es un tuit previo a su entrada en prisión, pero no el último, ya que solo hace unos días, el pasado 28 de enero, publicó otro "desde Estremera, disfrutando de las victorias del Barça".

Llarena devuelve su escrito a Puigdemont

El juez Llarena ha rechazado de nuevo que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont esté personado en la causa que investiga el "procés" independentista mientras no se ponga a disposición del tribunal y por ello le ha devuelto el escrito que le dirigió a comienzos de semana.

El pasado lunes, 29 de enero, después de que el Constitucional estableciera que la investidura de Puigdemont solo podría ser presencial y autorizada por el juez, el expresident presentó un escrito en el Supremo en el que acreditaba su condición de diputado del Parlament y aludía a los derechos que le son inherentes.

Es decir, Puigdemont aludía especialmente a la "inmunidad parlamentaria", por lo que entiende que no le hace falta pedir "ningún tipo de autorización judicial para el ejercicio de estos derechos".

Con ello pretendía evitar que el juez tuviera que dar su visto bueno a su investidura como presidente de la Generalitat.

El juez ha respondido con una providencia en la que le devuelve su escrito y recalca que no lo tendrá por personado "en tanto en cuanto no sea hallado o se ponga a disposición de este tribunal".