El Banco de España y la CNMV avisan de que la inversión en criptomonedas muestra patrones de "burbujas especulativas"
- Recuerdan que no cuentan con la protección prevista a otros productos de inversión
- Advierten que ninguna emisión de ese tipo ha sido registrada o autorizada en España
- Señalan que este tipo de activos son "especialmente vulnerables" al fraude
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco de España han emitido este jueves un comunicado conjunto para advertir de que las inversiones en criptomonedas no están protegidas por las regulaciones financieras españolas y muestran patrones de "burbujas especulativas". (Ver comunicado en pdf)
"Hasta la fecha, ninguna emisión de criptomoneda ni ninguna ICO [Initial Coin Offer, captación de dinero de inversores a cambio de ofrecerles monedas virtuales o vales denominados tokens, que se registran con arreglo a la tecnología blockchain] ha sido registrada, autorizada o verificada por ningún organismo supervisor en España", señalan ambos organismos en su nota, lo que significa que la compra o tenencia de estos productos no puede beneficiarse "de ninguna de las garantías o protecciones previstas en la normativa relativa a productos bancarios o de inversión".
Ambos supervisores explican que el precio de estos activos y, concretamente, el del bitcoin, ha experimentado "fuertes revalorizaciones que reflejan patrones propios de burbujas especulativas, acompañadas de variaciones extremas en sus precios".
La CNMV y el Banco de España recuerdan que las criptomonedas y los actores implicados en su comercialización directa no están regulados en la Unión Europea, así como que los tokens emitidos en una ICO o los productos financieros referenciados a criptomonedas "podrían no estar sujetos a regulación".
"Especialmente vulnerables al fraude y otras actividades ilícitas"
Así, los compradores o inversores en estos productos son "especialmente vulnerables al fraude, a la manipulación de precios o a otras actividades ilícitas". De hecho -recuerdan en la nota-, en algunos países se han detectado estafas y esquemas piramidales relacionados con la colocación de ICO. También mencionan algunos casos detectados de blanqueo de capitales.
Por otra parte, advierten de que en muchas ocasiones los emisores, custodios o comercializadores de criptomonedas no están localizados en España, por lo que la resolución de posibles conflictos en relación con ellos "podría quedar fuera del ámbito competencial de las autoridades españolas y estaría sujeto al marco normativo del país en cuestión".
Los dos supervisores señalan que las criptomonedas carecen de valor intrínseco porque no están respaldadas por ningún activo de un banco central, por lo que son "inversiones altamente especulativas", al tiempo que están expuestas a fallos operativos y amenazas cibernéticas que pueden llevar a "la indisponibilidad temporal o, en casos extremos, a la pérdida total de las cantidades invertidas", dada su fuerte dependencia de tecnologías "poco consolidadas".
Además, advierten de que la mayoría de ICO están asociadas a proyectos empresariales en etapas tempranas, por lo que pueden tener una "alta probabilidad" de fracaso.
Problemas en su conversión a moneda convencional
Asimismo, señalan que estos valores, al no disponer de un mercado organizado, pueden ser difíciles de convertir en dinero efectivo convencional.
"Sus propietarios pueden no disponer de opciones en el momento deseado para convertir en moneda convencional sus criptomonedas o recuperar su inversión. Y cuando existe la posibilidad de vender estos activos, puede haber falta de transparencia en relación con las comisiones aplicables y, además, su precio suele sufrir fuertes oscilaciones sin causa objetiva aparente", señalan.
En el caso de las ICO, ambos supervisores advierten de que la información que se pone a disposición de los inversores no suele estar auditada y es incompleta, dado que enfatiza "los beneficios potenciales, minimizando las referencias a los riesgos".
La CNMV ha identificado cinco vías de comercialización de criptomonedas: contratos por diferencias, participaciones en fondos de inversión, bonos estructurados, compra de futuros y opciones, y comercialización directa.
En cuanto a los ICO, el supervisor financiero ha identificado los security tokens (derechos parecidos a los que normalmente están incorporados a los valores tradicionales) y los utility tokens (vales que dan derecho a recibir servicios o garantías de una determinada empresa).