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'Caso Palau'

La Audiencia de Barcelona impone fianzas de 400.000 y 100.000 euros para Millet y Montull para salir de prisión

  • Ingresaron en Can Brians el 5 de febrero como responsables del saqueo al Palau
  • La Audiencia de Barcelona estima parcialmente los recursos de sus defensas

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Los exresponsables del Palau de la Música Fèlix Millet y Jordi Montull
Millet y Montull, junto al extesorero de CDC Daniel Osàcar (derecha), principales condenados por el expolio del Palau.

La Audiencia de Barcelona ha impuesto fianzas de 400.000 y 100.000 euros a los exresponsables del Palau de la Música Fèlix Millet y Jordi Montull para salir de la cárcel, en la que ingresaron el pasado 5 de febrero como responsables del saqueo a la entidad cultural.

A la espera de que el Supremo resuelva los recursos contra la sentencia del caso Palau, la sección décima de la Audiencia de Barcelona ha estimado parcialmente los recursos presentados por sus defensas y ha acordado permitirles salir de la cárcel si abonan las fianzas fijadas.

La sala considera que sigue existiendo riesgo de huida en el caso de Millet y Montull, pese al argumento de su defensa de que tienen arraigo en Cataluña, y se remite al "ejemplo" de "determinadas personas que disponiendo de trabajo, en algunos casos con hijos e incluso habiendo ostentado y habiéndose postulado para ostentar cargos públicos, se encuentran en la actualidad en el extranjero, huidos de la acción de la justicia", en una velada referencia al expresidente catalán Carles Puigdemont.

Para la Audiencia, las fianzas fijadas a Millet y Montull son suficientes para "limitar" el riesgo de huida y, en el caso de que las paguen, ordena retirarles el pasaporte y les obliga a comparecer mensualmente ante el tribunal.

Rechaza el argumento de las defensas

Millet y Montull ingresaron hace quince días en Can Brians a instancias de la Fiscalía Anticorrupción que lo solicitó para cumplir las penas de nueve años y ocho meses y de siete años y medio de cárcel que les impuso la Audiencia de Barcelona, en una sentencia que también condenó a cuatro años y cinco meses de cárcel al extesorero de CDC Daniel Osàcar por los 6,6 millones de euros de comisiones ilegales que su partido cobró a través del Palau.

La sala decidió enviarlos a la cárcel para cumplir las penas, mientras el Tribunal Supremo resuelve los recursos que sus defensas presentaron contra el fallo, ante la "alta probabilidad" de que intentaran fugarse, teniendo en cuenta que podrían tener bienes en el extranjero y que su patrimonio no alcanza a cubrir las multas fijadas.

El auto rechaza el esgrimido por las defensas de que es ilógico que Millet y Montull huyan cuando llevan toda su vida residiendo en el mismo lugar y recuerda que ese razonamiento solo permitiría ingresar en prisión preventiva "a los integrantes de circos ambulantes".

En el caso de Millet, la sala insiste además que no puede descartarse que haya "ocultado" bienes, teniendo en cuenta que solo se ha podido recuperar una parte del dinero desviado y que éste no aclara dónde se encuentra "la que falta", y recuerda que su "situación familiar" le permitiría acceder a fondos económicos para huir.

Según la Audiencia, además, "no cabe hablar de un verdadero arraigo patrimonial" de Millet, teniendo en cuenta que todos sus bienes están embargados en el proceso por el saqueo del Palau y que su valor no alcanzar a cubrir las indemnizaciones y multas fijadas por lo que, de confirmarse la sentencia, los perdería.

Cuestiona la "credibilidad" cuando aseguran que no piensan huir

El tribunal cuestiona que los condenados merezcan "credibilidad" cuando aseguran que no piensan huir, dado que llegaron a "engañar" a sus propios familiares, quienes afirmaron en el juicio desconocer que los viajes, las obras en sus casas y los banquetes de boda habían sido pagados con fondos del Palau de la Música.

En opinión de los jueces, además, "no debe ser igualmente valorada la posibilidad de huida de quien comete un hecho delictivo puntual y esporádico, que la de aquel que comete toda una panoplia de hechos delictivos de forma continuada durante más de diez años".

Asimismo, la sala cree que las patologías que sufren los acusados, pese a "limitar sus actividades diarias habituales", no impedirían que intenten sustraerse a la acción de la justicia, "ya ocultándose dentro del territorio español, ya evadiéndose en el extranjero".

El tribunal arremete en su auto contra el "chascarrillo fácil y de dudoso gusto" que lanzó en la vista sobre medidas cautelares Abraham Castro, abogado de Millet, quien afirmó que su cliente sólo podría huir si añadiera un "turbo" en la silla de ruedas en la que se desplaza habitualmente.

La sala razona que obvió ese argumento sobre el "turbo" en el auto en que acordó enviar a prisión a Millet, al entender que "no merecía" comentario alguno, porque había sido "efectuado por la defensa de cara a la galería".

El auto vuelve a aludir a ese comentario de la defensa cuando apunta que el expresidente del Palau de la Música podría eludir la acción de la justicia "evadiéndose al extranjero, por supuesto, en adecuado medio de transporte y no mediante la utilización de turbo alguno".